Novedades
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Se establece la obligación de consultar en la página web de la AFIP la situación fiscal con relación a los impuestos y/o regímenes en los que se encuentran inscriptos los contribuyentes y/o responsables con los que se opera. A tal efecto, cuando se efectúe la primera transacción u operación comercial, deberá efectuarse la consulta mencionada, la que una vez impresa tendrá una validez de 180 días corridos.Se excluyen de la citada obligación:* Operaciones realizadas a consumidores finales.* Operaciones inferiores a $ 150. Los sujetos obligados a realizar la consulta deberán acceder vía “Internet” a través de la página “web” de este organismo (http:// www.afip.gov.ar), a las transacciones:a) Consulta de “Constancias de Inscripción” o de “Opción al Monotributo”, ob) descarga del archivo “Condición Tributaria”. Efectuada la consulta o la descarga del archivo, de no obtenerse información de la situación fiscal del sujeto objeto de consulta, corresponderá considerar al mismo como no…
VALOR AGREGADO. RESPONSABLES INSCRIPTOS EN EL GRAVAMEN. NUEVA CATEGORÍA DE CONTRIBUYENTES. COMPROBANTES CLASE "M". RÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y A LAS GANANCIAS. RÉGIMEN ESPECIAL DE PAGO DE LA FACTURA. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE OPERACIONES DE CONTRIBUYENTES INSCRIPTOS Se crea una nueva categorización de contribuyentes inscriptos en el impuesto al valor agregado a los efectos de facturar sus operaciones, para quienes no acrediten al momento de la inscripción ante la AFIP una determinada solvencia patrimonial. Los responsables inscriptos que no acrediten el requisito mencionado emitirán por sus operaciones una factura tipo “M”. El régimen no alcanza a quienes facturen mediante controladores fiscales. A continuación, destacamos los aspectos más salientes del régimen: Quienes soliciten por primera vez la autorización para emitir comprobantes clase “A” deberán presentar el formulario F. 855 en el caso de personas físicas, y F. 856 o F. 856/A, según corresponda, para los demás responsables.…
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