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Bienes en el Exterior
La AFIP amplía los motivos por los cuales los contribuyentes del impuesto sobre los bienes personales con bienes en el exterior alcanzados por el ingreso del pago a cuenta correspondiente, podrán solicitar que se los exceptúe del mismo respecto del período fiscal 2020.
Es para los contribuyentes que no se sumen a la repatriación, que termina el 30 de abril; la AFIP dispuso esta postergación debido al aislamiento obligatorio vigente
Un día después de la fecha de vencimiento original, Economía resolvió estirarla un mes más debido a la incertidumbre causada por el coronavirus. Además, todavía hay indefiniciones en cuanto a las opciones de inversión que tendrán los fondos repatriados.
A menos de un mes del vencimiento del plazo para traer al país el 5% de los activos, todavía no están activas todas las alternativas de inversión.
La Resolución General AFIP 4.673/2020 establece un pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales correspondiente a 2019 y 2020.
Las acreditaciones deberán provenir de transferencias del exterior cuyo originante y destinatario sea titular de la cuenta y declarante de la repatriación.
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