La Inspección General de Justicia, mediante la resolución general 2/2025, publicada en el boletín oficial de hoy, fundó el “Servicio Jurídico Permanente”, el cual intervendrá en los procedimientos administrativos donde se puedan afectar derechos subjetivos e intereses legítimos de los administrados, emitiendo un dictamen jurídico previo, asegurando el control previo de legalidad de la actividad administrativa y garantizando la vigencia de la noción de Estado de Derecho adoptada por la Nación Argentina.
¿De quién depende?
Esta prestación estará bajo las órdenes directamente del Inspector General de Justicia.
¿A cargo de quien se encontrará?
De un profesional con título habilitante de abogado, con una antigüedad mayor a cinco (5) años en el ejercicio de la profesión.
¿Cuál es la función del dictamen jurídico previo?
“El mismo permite satisfacer la obligación de motivación que pesa sobre la Administración cuando dicta un acto administrativo. En otros términos, el dictamen ofrece el apoyo o respaldo jurídico de aquél y contribuye a juridizar la actividad administrativa. De allí que la omisión en requerirlo con carácter previo determina la nulidad del acto. Circunstancia que se confirma con lo sostenido por cierta doctrina que ha argumentado que dicha omisión es subsanable si el dictamen es emitido posteriormente, lo cual ratifica que el dictamen jurídico resulta —en sentido estricto— necesario independientemente del momento en el cual el mismo sea emitido”.