A través de la Resolución 71/2024, publicada en el Boletín Oficial de hoy, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo estableció en $ 55.615,67, a partir de noviembre 2024, el importe que surge de aplicar la equivalencia del valor Módulo Previsional (MOPRE), de acuerdo a la última actualización del valor del Haber Mínimo Garantizado vigente, que deberán abonar los empleadores autoasegurados (E.A), las aseguradoras de riesgos del trabajo (A.R.T.) y las compañías de seguros de retiro, en concepto de multa, en caso de incumplimiento de las obligaciones.
Recordamos que el citado organismo debe publicar los importes en cada oportunidad en que la ANSES proceda a actualizar el monto del Haber Mínimo Garantizado, que en esta oportunidad fue establecido por la Resolución (ANSES) 979/2024, vigente a partir del mes de noviembre de 2024, fijándolo en la suma de ($ 252.798,48).
Además, en dicha resolución se informó el porcentaje correspondiente a la fórmula de movilidad a considerar para el mes de noviembre de 2024, siendo del (3,47 %), calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 -texto según artículo 1° del D.N.U. N° 274/24-.
Por otra parte, se aclara que mediante el Decreto 1694/09 se determinó que la S.R.T. será la encargada de publicar el importe actualizado que surja de aplicar la equivalencia prevista en el artículo 15 del referido decreto, en cada oportunidad en que la ANSES proceda a actualizar el monto del Haber Mínimo Garantizado, de conformidad con lo que prevé en el artículo 8° de la Ley N° 26.417.