El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor publicó el pacto remunerativo arribado el pasado 30 de octubre junto con la Cámara de Concesionarios de Servicios del Automóvil Club Argentino.
En este convenio, se estableció que el personal comprendido en el CCT 454/2006 percibirá durante el periodo que va desde octubre a diciembre de 2024, el pago mensual de una Gratificación extraordinaria no remunerativa equivalente al 8,16% del importe neto que deba percibir el trabajador en cada uno de esos meses.
Independientemente del carácter no remunerativo de la gratificación acordada, la misma deberá ser tenida en cuenta para el cálculo de vacaciones, horas extras y cualquier otra retribución o adicional convencional que perciba el trabajador.
Asimismo, las empresas no podrán fraccionar o abonar la suma más allá del término establecido en este acta.
Por último, establecen que dicha gratificación se incorporará con su correspondiente "Grossing Up" a las remuneraciones básicas a partir del 1° de enero de 2025.