La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó este lunes el importe a partir del cual se deberá identificar a los consumidores finales cuando se emitan tickets o facturas.
El proceso detallado en la web oficial del organismo recaudador aplicará tanto en las operaciones con efectivo como las ejecutadas a través de medios electrónicos.
¿A partir de qué monto AFIP pide los datos de los compradores?
Cuando el receptor de un producto y/o servicio sea un consumidor final deberán detallarse los siguientes datos, siempre que el importe de la operación vía medios electrónicos sea igual o superior a $ 191.624:
- Apellido y nombre;
- Domicilio,
- CUIT / CUIL / CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).
Responsables inscriptos: ¿Qué datos pide AFIP?
En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista (industria manufacturera; comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas), AFIP exceptuará de identificar al cliente cuando la transacción sea igual o menor a $ 95.812 y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado.