A través de la resolución general 5589, la AFIP puso en marcha el servicio “web” denominado “CERTIVA - Certificados de Crédito Fiscal IVA”, que en una primera instancia, permitirá realizar la gestión de los certificados de crédito fiscal del impuesto al valor agregado emitidos en el marco del “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones” (RIGI), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 187 de la ley 27742 de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.
Asimismo, este nuevo servicio reemplazará, de manera gradual, los procedimientos vigentes para la gestión de los certificados de crédito fiscal del impuesto al valor agregado contemplados en regímenes existentes, así como de aquellos que correspondan a nuevos beneficios e incentivos tributarios.
¿Cómo será la gestión de los certificados de crédito fiscal?
Para emitir los certificados de crédito fiscal, el sujeto beneficiario deberá suministrar la información requerida en el servicio “web” denominado “CERTIVA - Certificados de Crédito Fiscal IVA”, en cuyo caso seleccionará el régimen por el cual los emitirá y elegirá la opción “Gestión de Certificados CERTIVA a Proveedores/Prestadores/Locadores”.
Asimismo, el sujeto beneficiario del incentivo deberá emitir un certificado de crédito fiscal por cada factura o documento equivalente recibido, a fin de cancelar el importe total del impuesto al valor agregado facturado y, en su caso, la correspondiente percepción del mismo gravamen.
La emisión de dicho certificado procederá una vez que resulten superados los controles y las validaciones sistémicas generales y particulares que se prevén para cada régimen en sus disposiciones específicas y tendrá efectos para el responsable receptor luego de que éste exprese su aceptación en el servicio “web” mencionado.
Por su parte, el receptor de los certificados de crédito fiscal podrá consultar la condición de los sujetos beneficiarios habilitados para su emisión a través del servicio “web” denominado “CERTIVA - Certificados de Crédito Fiscal IVA”, en el que seleccionará el régimen correspondiente y elegirá la opción “Consulta de Constancia de Beneficiario CERTIVA”.
Asimismo, por medio de dicho servicio “web” podrá consultar y/o aceptar los certificados emitidos a su nombre, a cuyo fin ingresará en las opciones “Ver certificados recibidos”, “Ver certificados aceptados” o “Ver certificados pendientes de aceptación”.
Los certificados de crédito fiscal estarán asociados a un régimen y a un período fiscal mensual, el que se determinará teniendo en cuenta el mes y año de su emisión.