La AFIP comenzó a notificar a algunas empresas que ya pueden utilizar el "IVA Listo", donde los cálculos los hace el propio organismo recaudador cada mes. Y, en breve, se haría general la aplicación de este procedimiento electrónico simplificado para la presentación del Libro de IVA Digital.
Hasta el momento, y desde que está vigente el Portal IVA, AFIP había notificado a algunos pocos contribuyentes para que puedan utilizar el procedimiento simplificado, comentó el Blog del Contador.
Pero ahora, la AFIP se apresta a habilitar la presentación de la declaración jurada de IVA mediante la utilización del servicio Portal IVA a través del "IVA Listo".
Quiénes podrán utilizar el IVA Listo
La AFIP habilitará la opción para que determinados contribuyentes puedan realizar un procedimiento electrónico simplificado para efectuar la generación y presentación del "Libro de IVA Digital", indicó el portal.
Por el momento, quienes cuenten con más de una actividad declarada no podrán acceder al IVA simplificado.
Y, quienes tengan pagos a cuenta, para incluirlos en la declaración jurada de IVA temporalmente tendrán que seguir utilizando el servicio "Mis Aplicaciones Web" (opción Formulario: «F2002 – IVA por Actividad») o el aplicativo IVA (Formulario F. 731), precisó.
Qué se podrá presentar por el IVA Listo
Los responsables inscriptos en el IVA que se encuentren habilitados para efectuar la generación y presentación del "Libro de IVA Digital" mediante el procedimiento electrónico simplificado, podrán presentar la declaración jurada mensual determinativa del impuesto también de manera simplificada, ingresando al servicio denominado "Portal IVA", afirmó
Esos contribuyentes obtendrán, por el servicio web, la declaración jurada preliminar determinativa del IVA, confeccionada sobre la base de todas las operaciones registradas en el "Libro de IVA Digital" del mismo período mensual, y las retenciones y/o percepciones informadas a la AFIP, explicó.
El paso a paso del IVA Listo
La declaración jurada mensual confeccionada a través del sistema estará sujeta a su conformidad por parte del responsable, pudiéndose efectuar los ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminaciones que se consideren pertinentes, aclaró.
El portal recordó que hasta el momento el Portal IVA no trae la información correspondiente a los tickets y comprobantes emitidos por controladores fiscales, ya sean de vieja o nueva tecnología.
Y, como quienes tienen controladores fiscales deben reportar semanalmente a la AFIP sus ventas diarias, se brinda 3 veces la misma información:
- Reporte de ventas por controladores fiscales
- Libro de IVA digital
- Declaración jurada del impuesto.
Una vez conformada la declaración jurada mensual se generará el formulario F. 2082 que deberá ser presentado ante la AFIP mediante su envío a través del mismo sistema, por transferencia electrónica de datos, concluyó.
Qué pasa si quiero rectificar el IVA Listo
El portal advirtió que podrán confeccionarse declaraciones juradas rectificativas siempre que la presentación original o rectificativa anterior haya sido efectuada por esta modalidad.
Pero, con carácter previo a la presentación de una declaración jurada rectificativa del IVA que modifique alguno de los valores que constituyen el saldo técnico, el contribuyente deberá rectificar el "Libro de IVA Digital" generado y presentado para el mismo período, sostuvo.
Hasta el momento, y desde que está vigente el Portal IVA, AFIP había notificado a algunos pocos contribuyentes para que puedan utilizar el procedimiento simplificado. Aquellos que no habían sido notificados por el fisco debían seguir presentando la declaración jurada mediante el formulario 2002 IVA Web o a través del F.731 por SIAP, recordó.
Pero, en los próximos meses se generalizará esta opción para el resto de los responsables inscriptos. Esto lograría simplificar y ahorrar tiempos a gran número de contribuyentes y profesionales ya que evitaría la carga duplicada de información, remarcó.