Novedades
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A fin del próximo mes, el organismo que conduce Ricardo Echegaray contará con todos los datos para inspeccionar el origen de los montos colocados. El fisco nacional dispondrá de información clave que contrastará con las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales presentadas en abril y mayo.
Por medio de la presente colaboración, acercamos el "racconto" y el análisis primario de los principales puntos de la Ley (Bs. As. cdad.) 3461, que se ocupa de la regularización de obligaciones tributarias en mora. Decimos que este análisis tiene el carácter de "primario", pues, a la fecha de elaboración del mismo, no contamos aún con las normas reglamentarias que, por indicación de la propia ley, deberá dictar el Fisco Porteño, y de las cuales deberán surgir todas las precisiones que, por lógica, no pueden estar contenidas en la misma. Hecha esta pequeña introducción, nos embarcamos a recorrer la norma de reciente aprobación: Aspectos principales Períodos comprendidos * Obligaciones con vencimiento hasta el 31/12/2009. Requisitos * No adeudar, al momento del acogimiento, obligaciones correspondientes al período fiscal 2010. Obligaciones alcanzadas * Deudas exteriorizadas y no reclamadas.* Deudas no exteriorizadas.* Deudas incluidas en planes de facilidades de pago vigentes sin…
Las compañías que aún están a cargo de la cancelación del salario familiar serán incorporadas -de pleno derecho- al régimen de cancelación directa. El traslado -que se realiza de manera escalonada- concluye el próximo mes. Conozca las claves del nuevo sistema.
La Cámara laboral señaló que no deben tenerse en cuenta a la hora de calcular el resarcimiento por despido si no revisten el carácter de mensuales y habituales. Qué deben hacer las empresas para salir airosas en esta clase de reclamos. Lea el fallo completo y la opinión de los especialistas.
Otro objetivo confirmado por el titular de la AFIP refiere al envío a través de la web de todas las retenciones en Ganancias, IVA y Seguridad Social.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establece que el funcionamiento de la cuenta sueldo prevista en la Ley de Contrato de Trabajo no podrá tener límites de extracciones ni costo alguno para el trabajador.
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