Uruguay disolverá las sociedades al portador que al 29 de enero próximo no hayan revelado la identidad de los accionistas que representan al menos 50% del capital.
El Parlamento uruguayo sancionó una ley que estableció la disolución automática de aquellas sociedades con acciones al portador que no hubieran cumplido con las exigencias de identificar a sus accionistas al Banco Central del Uruguay (BCU) y no regularicen esta situación antes del 29 de enero de 2015, comentó a El Cronista, Evelyn Harbek, del estudio Bergstein, de Montevideo.
Las sociedades anónimas que al 29 de enero de 2015 no hubieren comunicado al BCU la identidad de los titulares de no menos del 50% del capital integrado se disolverán de pleno derecho, añadió Harbek, y añadió que Las entidades disueltas que no efectúen su liquidación dentro del plazo de 120 días del 30 de enero próximo serán pasibles de una multa equivalente al 50% de los activos de su propiedad.