Los empleados en relación de dependencia tendrán a partir de 2024 un piso definitivo de Impuesto a las Ganancias establecido en 180 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM). Por encima de esa cifra se paga un impuesto que cambia radicalmente.
Qué es el impuesto cedular a los altos ingresos
El Impuesto a las Ganancias para Altos Ingresos ya no será un tributo progresivo, sino que se convirtió en un "impuesto celular"; o sea, no admitirá deducciones distintas del mínimo.
La medida será de aplicación a partir del período fiscal 2024.
"Quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente la suma equivalente a 180 SMVM anuales, en concepto de mínimo no imponible", indicó Ariel Bassanetti, asesor tributario.
Las personas humanas residentes en el país abonarán sobre los mayores ingresos de fuente argentina, según una escala que va del 27% al 35%. Los siguientes son ejemplos que calcula Bassanetti:
- El porcentaje inferior de 27% se aplica para una renta bruta mensual de $2.400.000.
- Para $2.552.200, ya se aplica la alícuota de 29%.
- En el caso de un salario mensual bruto de $2.786.400, el porcentaje del impuesto cedular es de 31%.
- Por un sueldo de $3.250.800, la tasa de Impuesto a las Ganancias de altos ingresos es de 33%.
- Y desde que el salario asciende a $3.715.200, en adelante, la alícuota llega al máximo de 35%.
Cómo se calculará el impuesto cedular para ejecutivos
El nuevo Impuesto a las Ganancias sin deducciones se determinará considerando, al comienzo del período fiscal, el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al 1° de enero de ese año, el que se actualizará el 1° de julio de cada año fiscal, explicó Bassanetti.
Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en el mes de julio.
Cuáles son las claves del impuesto cedular 2024
1. Se eliminan las deducción personales y generales del Impuesto a las Ganancias quedando una única deducción aplicable a todos los trabajadores que equivale a 180 SMVM. El sueldo mínimo se estableció para diciembre en $156.000.
2. Tomando ese SMVM, deberá aplicarse como deducción mensual y acumulada: $ 2.340.000. Es decir, anualmente se deberán deducir 180 SMVM.
3. O sea que, durante el periodo 2023 se puede deducir: $ 2.213.263 más deducciones generales. Y para el periodo 2024 se deducirá: $ 28.080.000 anuales.
4. Se publican las nuevas escalas de retención que también estarán atadas al valor del SMVM vigente desde enero y se actualizarán de forma semestral.
5. En el mes de julio se procederá a realizar el ajuste sobre las retenciones efectuadas durante el primer semestre del año considerando el nuevo SMVM de ese momento.
De todos modos, aún falta reglamentación que establezca la mecánica de cálculo, entendiéndose que se regirá por acumulados anuales, advirtió Bassanetti.
Cuántos cambios hubo en Ganancias durante 2023
- Enero a abril: remuneración bruta mensual o promedio por debajo de los $404.062 no pagará Impuesto a las Ganancias. Entre $404.062 y $466.017, habrá una deducción especial gradual, y luego se realizará el cálculo de Ganancias de forma habitual.
- Mayo a julio: remuneración bruta mensual o promedio por debajo de los $506.230 no pagará Impuesto a las Ganancias. Entre $506.230 y $583.851, habrá una deducción especial gradual.
El aguinaldo estará eximido hasta $440.000, siempre y cuando el promedio de remuneraciones semestral de enero a junio no supere los $880.000.
- Agosto y septiembre: remuneración bruta mensual o promedio por debajo de los $700.875 no pagará Impuesto a las Ganancias. Entre $700.875 y $808.341, tendrá una deducción especial gradual.
- A partir de octubre, se aplica en Ganancias un piso de 15 salarios mínimos vitales y móviles
- Octubre a diciembre: remuneración bruta mensual o promedio por debajo de los $1.980.000 no pagará Impuesto a las Ganancias.
Más de $1.980.000 se realizará el cálculo de Ganancias de forma habitual con las nuevas escalas publicadas por AFIP a partir del devengado octubre.
El aguinaldo está eximido hasta $990.000, siempre y cuando el promedio de remuneraciones semestral de julio a diciembre no supere los $880.000.