Novedades

Fecha de Publicación

-

Categoría

Buscar Palabra Clave

24 Jun

AFIP, interpretación y polémica: quiénes podrán postergar los vencimientos de Ganancias Destacado

Los contadores matriculados en el Consejo Profesional porteño lograron una prórroga de Ganancias, pero para las presentaciones con su CUIT.

La AFIP tiró una bomba al interpretar el fallo que suspendió los vencimientos de Ganancias 2021 que comienzan este jueves 23, ya que vinculó el alcance de la prórroga exclusivamente al CUIT del contador interviniente y afirmó que tiene que estar matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño.

Polémica sobre qué contribuyentes tienen prórroga

En concreto, la AFIP afirmó en un comunicado lo siguiente:

"El organismo precisa que la medida interina dictada por un juzgado de primera instancia sólo contempla las propias declaraciones juradas de los matriculados en el Consejo Profesional de la ciudad de Buenos Aires y los casos en los que dichos profesionales intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP"

"De esta forma, la medida interina no alcanza a cualquier contribuyente. Por caso, quienes realizan sus propias declaraciones deben realizar la presentación de acuerdo a los plazos dispuestos por la normativa vigente".

Sebastián M. Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, advirtió que la clave fiscal es indelegable, y aunque normalmente los contribuyentes le dan su CUIT al contador para que presente en su nombre, no se debería hacer.

Cómo evitar las restricciones de AFIP a la prórroga

Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores, consideró que la AFIP acata el fallo, pero lo circunscribe a los CUIT de los contadores matriculados en CABA o los contribuyentes que hayan delegado la administración de la CUIT.

En caso de que no se acredite la delegación, sino que los contadores hacen las presentaciones con la CUIT del contribuyente, los vencimientos se mantienen, sostuvo.

El contador Sergio Biller precisó que esto complica a la mayoría de los contribuyentes, porque normalmente no delegan las presentaciones en el contador, sino que les dicen su CUIT y el profesional presenta como si fuera el contribuyente. Esto según la AFIP está excluido de la prórroga.

Biller consideró que es muy probable que se forma una avalancha de presentaciones de personas delegando sus presentaciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales al contador.

Claves del amparo de prórroga que tomó la AFIP

El fallo de la jueza Macarena Marra Giménez, del juzgado 12 en lo Contencioso Administrativo Federal otorgó este miércoles 22, pocas horas antes de los vencimientos, la precautelar pedida por el Consejo Profesional porteño para que se prorroguen las próximas liquidaciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales personas humanas.

En la parte resolutiva del fallo, lo central está en el punto 8, que dice:

"Atento la proximidad del vencimiento de los plazos para la presentación de las declaraciones juradas -para los días 23 a 27 de junio-, corresponde ordenar como medida interina y hasta tanto se resuelva la medida cautelar peticionada, la suspensión del vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del período fiscal 2021 de las personas humanas".

Pero ayer esto generó una gran polémica, porque en el punto 4, la sentencia que, dado que es un proceso colectivo:

"La clase está conformada en el caso por los/las profesionales matriculados/as en ciencias económicas en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Polémica por el alcance de la prórroga

Varios expertos, como Daniel G. Pérez, del estudio Daniel G. Pérez, Marcela A. Fiocco & Asoc., y Sergio Biller consideraron que el punto 8 suspendía la resolución que fijó los vencimientos en todos sus efectos, y por lo tanto, debía entenderse vigente la prórroga para los contribuyentes de todo el país

Otros, como Edgardo Ponsetti, abogado de BDO Argentina, opinó que la sentencia se aplica a los profesionales matriculados en CABA, tal como lo dispone el punto 4 de la sentencia.

Pero los expertos plantearon que "el problema que se da es que los clientes fuera de CABA van a decir que tienen un contador matriculado en el Consejo Profesional porteño que presentará las declaraciones".

El abogado Pablo Judkovsky coincidió en que el juicio fue iniciado por el Consejo Profesional porteño en representación de sus matriculados, por lo que no se refiere a los derechos de los contribuyentes sino de los contadores.

La cuestión es que hay contadores matriculados en el Consejo porteño que viven en todo el país, por eso entra a jugar la cláusula del comunicado que se sólo permite la presentación con el CUIT del matriculado o de quienes se lo hayan delegado.

 

Servicios

Societaria

Societaria

Se asesora en la formación de la mejor conveniencia de tipos de sociedades dependiendo la actividad económica a emprender y el grupo de empresarios que la forman.Esta área monito...

Sistemas

Sistemas

Desarrollamos un software con plataforma unificada para que pueda ser operado por cualquiera de nuestros profesionales del estudio contable, de esta manera nos mantenemos on line c...

Laboral

Laboral

Se realizan las liquidaciones de haberes mensuales o quincenales como asi también el asesoramiento en materia de obras sociales, sindicales, seguro de trabajo, jubilaciones y con...

Impositiva

Impositiva

En materia tributaria se aplican las normativas nacionales, provinciales y municipales, dependiendo de cada organismo.El asesoramiento abarca las liquidaciones de impuestos "in c...

Económica y Financiera

Económica y Financiera

Se realizan estudios de punto de equilibrio y rentabilidad por línea de productos, como también la incidencia de los gastos sobre las ventas y la participación de cada uno de ell...

Auditoría

Auditoría

Se aplican técnicas de auditorias globales o por muestreo para contraponer la documentación comercial con la realidad económica.Trabajando en equipos de auditores y buscando que se...

Pico 1641 4º A (C1429EEC) - CABA - Argentina | (54+11) 5252-9996 | Razón Social: PABLO DARIO ROSENBLAT CUIT 20-20005427-0 | Todos los derechos reservados 2023 | by ideas2