Cabe mencionar que según lo dispuesto en la Resolución General 4466/19, el organismo actualiza anualmente una serie de tablas a fin de dar a conocer los valores mínimos computables de los bienes automotores, así como los últimos valores de cotización al 31 de diciembre de cada año de las divisas, obligaciones negociables, certificados de participación, títulos de deuda y títulos públicos que cotizan en bolsa, cuotapartes de los fondos comunes de inversión y ciertos datos que deben ser consignados al confeccionar la declaración jurada determinativa del impuesto.
Bienes Personales AFIP: ¿quiénes están alcanzados por el impuesto?
- Personas humanas residentes en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país y en el exterior.
- Personas humanas residentes en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país.
- Sucesiones indivisas tributarán por los bienes que posean al 31 de diciembre de cada año, en tanto dicha fecha quede comprendida en el lapso transcurrido entre el fallecimiento del ciudadano por el que se inicia la sucesión indivisa y la declaratoria de herederos o aquélla en que se haya declarado válido el testamento que cumpla la misma finalidad.
Bienes Personales AFIP: ¿cuáles son los montos del impuesto?
Desde el 1 de enero de 2022, el mínimo no imponible es de $6 millones. A partir de ese monto, quienes posean un patrimonio igual o superior deberán pagar el impuesto.
Bienes Personales AFIP: ¿cuándo es el vencimiento?
La presentación de la declaración jurada determinativa y el pago deberá realizarse, de corresponder, entre el 13 y 16 de junio de 2022.