La falta de reconocimiento de la inflación afecta a todos los contribuyentes, sean personas o empresas. Es que se les ordena realizar anticipos y sufrir retenciones, que comienzan un año antes de poder descontarlos de la declaración jurada definitiva del tributo, sin que haya reconocimiento de la inflación ocurrida en todo ese tiempo.
En todo el sistema tributario, existen ejemplos que demuestran la desventaja en la que se encuentran los contribuyentes con los impuestos que exige el Estado.
Esto provoca que el Fisco obtenga una mayor recaudación anticipada, que está dada únicamente por la desvalorización de la moneda no reconocida.
Las empresas que cerraron su ejercicio comercial el 31 de diciembre de 2021, tienen que pagar el Impuesto a las Ganancias en el mes de mayo de este año.
Cuando confeccionen la liquidación descontarán los 10 anticipos que tuvieron que ingresar. El primero debió pagarse en el mes de junio del año pasado, un año antes del vencimiento de la obligación definitiva, cuando se descuente será al valor histórico, sin reconocer la inflación anual de más del 50%.
Por ejemplo, si una empresa pagó un anticipo de $200.000 en junio del 2021, cuando confeccione la declaración jurada deducirá ese mismo importe casi un año después pero por el efecto de la inflación, en realidad, debería haber computado aproximadamente $ 300.000 (calculando una inflación del 50%).
Agravando la situación, el primer anticipo significa el 25% del tributo determinado por el ejercicio anterior, independientemente que se gane o se pierda en el futuro. Lo mismo sucede con los nueve anticipos posteriores y con las retenciones que fueron soportando todos los meses: todo se descuenta a valores históricos.
El gobierno anterior se comprometió por ley a crear una unidad de valor homogénea para reconocer la inflación en cada mínimo que rige en los impuestos; sin embargo, ese proyecto de ajuste parcial permanece durmiendo en el Congreso.