De no salir alguna prórroga, en mayo y junio operan los principales vencimientos del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales para las empresas y las personas humanas, que consideran como fecha de cierre del ejercicio fiscal el 31 de diciembre de 2020.
En cuanto al impuesto a la renta, el año pasado fue atípico porque hubo varios meses de facturación en cero ya que las puertas estuvieron para muchas actividades cerradas por la pandemia.
Sobre Bienes Personales, la novedad importante es que algunos valores no fueron actualizados por inflación, como ser el mínimo no imponible de 2 millones de pesos y la valor eximido de la casa habitación a partir del cual se paga, que sigue en 18 millones.
Las declaraciones juradas correspondientes a las personas humanas vencen del 11 al 15 de junio y el pago se podrá realizar hasta el primer día hábil siguiente.
Las empresas que cerraron su ejercicio el pasado 31 de diciembre deberán presentar la declaración jurada de Ganancias del 13 al 17 de mayo y para Bienes Personales (participaciones societarias), las fechas van del 11 al 15 de junio.