Los bancos están recordando a las empresas que deben cumplir con el Censo Económico Nacional hasta el 1 de abril próximo.
Los bancos están enviando mensajes como el que sigue:
"El Banco Central, como acompañamiento al Censo Nacional Económico 2020/202, dispuso que las entidades financieras deberán exigir el certificado de cumplimento censal para la realización de operaciones bancarias".
Las entidades explican a sus clientes quiénes deben presentar el certificado y qué operaciones quedarán bloqueadas si no se hace.
¿Quiénes deberán presentar el certificado?
El Censo Nacional Económico debe ser cumplido por los siguientes sujetos:
-Sociedades financieras y no financieras.
-Instituciones sin fines de lucro.
-Monotributistas.
-Autónomos.
- Agentes económicos registrados como productores de bienes y servicios.
¿Qué operaciones se bloquearán?
En caso de que las empresas no cumplan con el censo económico hasta el próximo jueves 1, los bancos no podrán realizar con ellas las siguientes operaciones:
- Apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos.
-Otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones.
-Apertura de créditos documentarios.
-Apertura de cuentas para valores en custodia.
-Otorgamiento de fianzas y préstamos de valores.
-Alquiler de cajas de seguridad.