La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la posibilidad de que los contribuyentes puedan adherir al Mini Plan aún cuando no hayan presentado la Declaración Jurada determinativa del Impuesto a los Bienes Personales y Ganancias.
Para hacerlo deberán ingresar con Clave Fiscal al servicio “Mis Facilidades”, luego de seleccionar “Validación de Deuda”.
En ese campo se deberán cargar manualmente los datos de los impuestos a incluir, ya sean bienes Ganancias o ambos. Finalmente se genera el plan de pago.
Para realizarlo hay tiempo hasta el 30 de junio de 2018 inclusive para presentar el plan de pagos.