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20 Sep

Monotributo: cómo quedan las escalas en septiembre 2024 Destacado

Recordamos las categorías aplicables a partir del 1° de agosto de 2024, que se mantienen para septiembre.

La Administración Federal de Ingresos Públicos informó las cuotas y los topes que deben pagar los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del Monotributo a partir de septiembre.

Los nuevos parámetros y valores a abonar comenzaron a regir a partir del 1° de agosto de 2024 y se mantienen vigentes para este mes de septiembre.

AFIP: categorías vigentes del Monotributo en septiembre 2024

Las categorías del Monotributo van de $6.450.000a $68 millones en cuanto a la facturación anual.

A partir del 1/08/2024, los nuevos topes de facturación anual del monotributo quedaron de la siguiente manera:

Categoría A: $ 6.450.000
Categoría B: $ 9.450.000
Categoría C: $ 13.250.000
Categoría D: $ 16.450.000
Categoría E: $ 19.350.000
Categoría F: $ 24.250.000
Categoría G: $ 29.000.000
Categoría H: $ 44.000.000
Categoría I: $ 49.250.000
Categoría J: $ 56.400.000
Categoría K: $ 68.000.000

¿Y cómo queda cada categoría?

Así quedará categoría por categoría, según se trate de venta de bienes o servicios, te recordamos la escala de cuotas en septiembre 2024:

Categoría A: $ 3000
Categoría B: $ 5700
Categoría C: $ 9800 (servicios) y $ 9000 (comercio)
Categoría D: $ 16.000 (servicios) y $ 14.900 (comercio)
Categoría E: $ 30.000 (servicios) y $ 23.800 (comercio)
Categoría F: $ 42.200 (servicios) y $ 31.000 (comercio)
Categoría G: $ 76.800 (servicios) y $ 38.400 (comercio)
Categoría H: $ 220.000 (servicios) y $ 110.000 (comercio)
Categoría I: $ 437.500 (servicios) y $ 175.000 (comercio)
Categoría J: $ 525.000 (servicios) y $ 210.000 (comercio)
Categoría K: $ 735.000 (servicios) y $ 245.000 (comercio)

Reingreso monotributo

Aquellos contribuyentes que hubieran sido excluidos o que hubiesen renunciado al monotributo -entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024-, podrán solicitar el reingreso al régimen simplificado hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive, con efecto a partir del primer día del mes inmediato posterior a su solicitud, sin tener que esperar los 3 años que establece la normativa vigente.

 

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