26 Ago

Conozca las claves del blanqueo a pequeña y mediana escala

Se espera que el régimen de sinceramiento fiscal lleve a volcar fondos a la economía real. Qué deben saber las pequeñas y medianas compañías

Confianza es una palabra que podría definir el potencial éxito del primer blanqueo de la era Macri. Pese a ser más caro que otros programas precedentes, la ley de sinceramiento fiscal aprobada en el Congreso y reglamentada a fines de julio abriría un abanico de posibilidades que, en un marco de mayor seguridad jurídica, alienta a transparentar y volcar recursos al entramado productivo. Al menos así lo espera el Gobierno, que reconoce la cifra de u$s20.000 millones como monto aceptable, pero que confía puertas adentro con hacerse de más u$s50.000 millones.

 

Con la misma dinámica podría funcionar la moratoria lanzada por la AFIP, superadora de las versiones precedentes y con condiciones atractivas, a juicio de los tributaristas. Para este espectro de compañías, ambos programas ameritan el esfuerzo por comprender sus alcances y evaluar las oportunidades para crecer en actividad y regularizar deudas impositivas, previsionales o aduaneras.

De alcanzar el éxito, el blanqueo significará una legalización de recursos que, en las pymes, podrán servir para comprar maquinarias, ampliar las plantas, mejorar procesos, sincerar stocks de mercadería y comenzar a producir más sin recurrir necesariamente al sistema bancario, que se ha tornado privativo para muchos por los costos financieros.

Como se sabe, podrá exteriorizarse la tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes adquiridos (sin importar su localización) hasta el 22 de julio en el caso de las personas físicas y hasta el último día del balance correspondiente al 2015 en el caso de las empresas. El blanqueo también permite sincerar todo tipo de bienes adquiridos en el país o en el extranjero: inmuebles, créditos, acciones, títulos, bonos y hasta participaciones en cualquier compañía o entidad.

Las personas o sociedades con residencia fiscal argentina estarán exentas del "impuesto especial" cuando las sumas blanqueadas no superen los $305.000 -poco más de u$s20.000-, pero se les retendrá un 5% para el fisco en caso de que superen ese monto y no excedan los $800.000 -o u$s53.000. Si superan este importe, tendrán que pagar un 10% hasta el 31 de diciembre de 2016, pero en caso de aplazar el acatamiento al régimen para 2017, el costo será del 15%, siendo el 31 de marzo la fecha tope. A casi nadie se le sugiere plazar las decisiones.

Quienes prefieran evitar costos y poner a trabajar su capital en la economía real tendrán la oportunidad de invertir en Fondos Comunes de Inversión (FCI) creados especialmente para este régimen y destinados a sectores estratégicos, como energías renovables, economías regionales, desarrollos inmobiliarios y otras actividades productivas.

En el caso de testaferros (o "terceros"), el decreto reglamentario ha establecido que el traspaso de los bienes a su verdadero titular no representará enajenación desde una perspectiva fiscal, ni se deberán cumplimentar los regímenes de información vinculados a la transferencia de dominio de tales bienes. En efecto, según consignó a El Cronista, Alberto Mastandrea, socio de Impuestos & Legales de BDO Argentina, esto significa que el contribuyente no necesariamente deberá optar por declarar directamente el 100% de los bienes que se encuentran en cabeza de la sociedad. "Algunos bienes podrán ser declarados directamente y otros declarados por vía indirecta, reconociendo su participación en la sociedad titular de los mismos", clarifica.

En otros estudios contables especulan con la figura del testaferro. "Cualquier mayor de 18 puede blanquear hasta u$s20.000 sin penalidad alguna; en un grupo familiar con esposa y cuatro hijos, se ingresan u$s120.000, que no está nada mal", dice una fuente sumamente buscada por estos días.

Edgardo Stampone, socio de Impuestos de Auren, subraya que este régimen -a diferencia de anteriores- no obliga a ingresar los fondos al país, y tampoco establece un mayor o menor costo del impuesto especial por tal situación. "Hay que tener especial cuidado en no omitir ningún bien, ya que si la AFIP lo detectara, se perderán todos los beneficios sobre el resto de los bienes blanqueados", aclara Stampone. "Sería saludable -agrega- que se estableciera una proporción lógica al respecto".

El pasado 8 de agosto, el fisco nacional publicó un servicio web que transparenta lo que se sabe de cada contribuyente. El cruce de datos es tal que, para muchos, la regularización es casi una obligación. "Esto es para amedrentar, meter miedo y presión, para que todo aquel que se vea en tal situación se corrija", opina Santiago Sáenz Valiente, socio de SSV y Asociados. Lo cierto es que AFIP irá progresivamente incorporando más y más información.

Con una mirada pyme, Mastandrea señala: "A veces, muchas firmas no se encuentran posibilitadas de cumplir con todas las obligaciones tributarias y, por lo tanto, no exteriorizan el 100% del patrimonio existente. Pero este régimen es una excelente oportunidad para volver a insertarse con costos razonables".

Diego Cutignola, socio del estudio que lleva su apellido, clarifica los beneficios: "Muchas empresas acostumbran declarar menos mercadería de la que tienen al cierre del ejercicio fiscal. Blanquear ese stock permite volver a vender en blanco, aumentar los activos de las empresas y encontrar mejores condiciones de financiación, como también poner esos bienes en garantía. En fin, se trata de un universo de beneficios".

Las cuentas especiales a crearse para ingresar el dinero no permitirán débitos en efectivo y solo se podrán realizar movimientos para pagar el impuesto especial, suscribir cuotapartes de FCI o bien adquirir bienes registrables (rodados, grúas, etcétera). Todo tipo de transferencia será informada a la AFIP y a la Unidad de Información Financiera (UIF) para conocer el monto, el concepto y el titular de la cuenta de destino. Por tanto, el fisco sabrá, por ejemplo, quién le vende un bien registrable que -en teoría- utilizará para volcar a la producción.

Los que ingresen al blanqueo con la intención de tener un costo cero podrán optar por comprar títulos públicos a tres y siete años, intransferibles y no negociables. El primero, a tres años, tiene una tasa de 0%, mientras que el más extenso paga un interés simbólico del 1% anual. Pero tiene otro atractivo: adquirir este bono exceptuará del pago del impuesto especial por montos equivalentes a tres veces el valor suscripto. Un simple ejercicio: cualquier contribuyente que compre títulos por u$s100.000 podrá blanquear a costo cero u$s300.000, sin importar en qué usa los u$s200.000 restantes.

Desde la óptica pyme, los FCI puede ser un incentivo para acercarse al mercado de capitales y obtener financiamiento a costos inferiores. El gran inconveniente, desde el costado inversor, es que aún están en período embrionario y la legislación conmina a entrar hasta marzo de 2017. "Hoy son el único medio que permite volcar las sumas exteriorizadas a la economía real -destaca Mastandrea- y, si bien poseen un fuerte atractivo, aún no están dadas las condiciones".

Diego Cutignola, socio del Estudio Cutignola, piensa que estos fondos "movilizarán dinero inoperativo", pero desde la posición del tomador de crédito advierte que será difícil ver más pymes llamando a las puertas en busca de ese capital disponible. "La pyme no suele recurrir a estos mecanismos financieros, pero sí servirá a muchas SRL que ahora tienen autorización para emitir obligaciones negociables (ON)", augura el contador.

Dentro del segmento de pymes de menor plantilla, sin un área financiera específica, puede crecer tal vez el interés por los Cheques de Pago Diferido (CPD). El consultor impositivo Fernando Agliano, titular de Agliano y Asociados, considera que el blanqueo permitirá a las pymes una mejor posición para ser aceptadas y calificadas, y así "jugar" con más facilidad en el mercado de capitales. "Si bien no es una modalidad generalizada, vale utilizarlos para reducir costos financieros", remata.

Agliano también aporta que el blanqueo puede servir para ordenar impositivamente a las pymes a un costo aceptable. "El blanqueo será interesante y beneficioso si viene acompañado de un cambio de mentalidad en el empresario pyme -acota-, de modo que arme una mejor estrategia impositiva a futuro".

En ese camino, la moratoria lanzada libera de sanciones penales y contempla una reducción "importantísima" de intereses, según Sáenz Valiente. "Se pueden regularizar deudas impositivas, previsionales o aduaneras con vencimiento al 31 de mayo de este año, y para los autónomos se permite regularizar el valor actual de la categoría, pero sin intereses", completa. También se puede incluir el aporte del empleador, pero no la retención del empleado, y queda fuera del esquema toda deuda de obras sociales y ART.

Lo interesante, según Sáenz Valiente, es que se exime de multas por omisión o por defraudación. "La regulación de estas multas suele ser del 50% o del 100% del impuesto dejado de pagar, y por la defraudación se paga entre dos y diez veces más del impuesto evadido; además, para deudas de 2015, no se aplica la tasa de interés del 36%, que va al 10%. En deudas de 2010 y anteriores, se cobrará el 36% anual en vez del 75% habitual", precisa. Como corolario, hay planes de pago, aunque el descuento del 15% por pago al contado es una opción que merece meditarse.

Mastandrea subraya ante el matutino que el régimen otorga inmunidad fiscal por el equivalente al monto de las sumas exteriorizadas. "Si el objetivo es disminuir las contingencias en cabeza de la pyme, conviene que se presente la empresa. En otras palabras, la presentación del dueño no perdona los pecados cometidos por la empresa", ejemplifica, y añade que las pymes "podrán acceder a planes de 90 cuotas y con financiación equivalente a la tasa pasiva del Banco Nación".

Una oportunidad para no desaprovechar en el caso de empresas que quieran obtener el certificado para contratar con el Estado o que estén en una etapa de crecimiento y requieran sumar nuevos socios que aporten capital de trabajo.

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