Deberán presentarla las sociedades incluidas en el art. 299 de la Ley 19.550 que revisten el carácter de sujetos obligados a informar a la UIF, que no se encuentren bajo la supervisión del Banco Central de la República Argentina, de la Comisión Nacional de Valores o de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
La declaración jurada deberá ser suscripta por el oficial de cumplimiento y certificada por escribano público. En caso de no haber designado oficial de cumplimiento, deberá ser suscripta por el representante legal.
La presentación se inicia a través de esta Web. El trámite se completa con la presentación de la planilla impresa, junto con el formulario correspondiente y la documentación respaldatoria (en caso de corresponder), en la sede central de la IGJ o en las ubicadas en los colegios profesionales (solo matriculados), previa solicitud de turno.
La declaración jurada forma parte del conjunto de medidas del organismo que apuntan prevenir, detectar y reportar operaciones que puedan vincularse a delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Acceda a la planilla para completar la Declaración Jurada: DDJJ para sociedades del art. 299.
Genere el formulario "DECLARACION JURADA PLAFT SOCIEDADES ART. 299 (ART. 512 RG 07/15)". Utilice el campo Documentos Adjuntos para indicar que presenta la Declaración Jurada.