El Consejo Nacional del Empleo, la Productiva y el Salario Mínimo Vital y Móvil, mediante la Resolución 13/2024 fija para todos los trabajadores un salario mínimo, vital y móvil, excluidas las asignaciones familiares para los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2024, luego de haber transcurrido las sesiones sin arribar a un acuerdo.
Los montos para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, quedan fijados de la siguiente manera:
A partir del 1/7/2024 | $ 254.231,91 |
A partir del 1/8/2024 | $ 262.432,93 |
A partir del 1/9/2024 | $ 268.056,5 |
A partir del 1/10/2024 | $ 271.571,22 |
Respecto de los trabjadores jornalizados los montos quedan determinados de la siguiente manera:
A partir del 1/7/2024 | $ 1.271,16 |
A partir del 1/8/2024 | $ 1.312,16 |
A partir del 1/9/2024 | $ 1.340,28 |
A partir del 1/10/2024 | $ 1.357,86 |
Por otro lado se establece que la prestación por desempleo prevista en el artículo 118 de la Ley 24.013 para los trabajadores convencionados o no conencionados sea equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo y en ningun caso podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del salario mínimo, vital y móvil vigente.