La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria 2023 para la actividad mercantil.
Suba de sueldo para empleados de comercio: cómo se paga
Se acordó recomponer la base de cálculo estableciendo para julio un aumento tomando los básicos de junio incrementados en un 4,5% originado por diferencia de los índices de inflación del trimestre abril-junio y sobre el resultante aplicar un 22,5% para el trimestre julio-septiembre a abonarse de la siguiente manera:
- 7,5% desde julio.
- 7,5% desde agosto.
- 7,5% desde septiembre.
De esta manera el salario básico alcanza el piso de $ 286.000 con presentismo, y también se pactó volver a reunirse en septiembre para discutir el período octubre-diciembre. Todos estos incrementos toman como base de cálculo las nuevas remuneraciones básicas de julio de 2023.
Los montos no remunerativos mencionados se incorporarán a las escalas del mes de octubre de 2023, por su valor nominal.
Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de julio de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de octubre de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Cabe destacar que la presente revisión se da en el marco del compromiso de reunión durante el mes de julio –a iniciativa de cualquiera de las partes– para analizar lo pactado en el acuerdo del pasado 14 de abril ante las variaciones económicas registradas desde entonces, previsto en la cláusula 4ta del mencionado entendimiento.