Tras un análisis de los pedidos de asistencia, el Gobierno aprobó el pago del salario complementario a 1,6 millones de trabajadores y empleados de casi 160.000 empresas.
Se trata de una suma equivalente al 50% del salario de bolsillo, con un mínimo equivalente al salario mínimo vital y móvil ($16.875) y un máximo equivalente a dos de esas remuneraciones ($33.750).
De ese modo, el Gobierno busca evitar un corte total de la cadena de pagos y sostener el empleo en el sector privado, afectado por el parate económico desde el inicio de la cuarentena.
La medida, tal como adelantó iProfesional, apunta a calmar los reclamos cruzados del sector empresario y los sindicatos, que siguen sin ponerse de acuerdo sobre la forma de encarar el impacto de la emergencia sanitaria sobre la actividad.
Sin embargo, a AFIP empezó a notificar el beneficio del Salario Complementario pero sin números y no a todos los sectores.
La AFIP es la que, según la normativa, debe preliquidar el beneficio del Salario Complementario para cada trabajador y comunicarlo a la ANSES con fines de control. Pero ninguno de los dos organismos está brindando esa información a las empresas para que puedan liquidar los sueldos.
Los cuatro escenarios que sufren las empresas
Así, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba), la presidenta de la entidad, Gabriela Russo, comentó que se dan cuatro situaciones respecto de la ayuda a las empresas para el pago de sueldos y cargas patronales:
1. No se indican montos
Muchos recibieron una notificación de la AFIP informando que se les otorgó el beneficio de la prórroga hasta junio de las contribuciones a la jubilación y también la ayuda para pagar sueldos. Pero en este caso, que es el mejor, no se indican montos ni hay una indicación de cómo liquidar los sueldos de abril.
2. No fueron notificadas
Otras empresas están esperando ser notificadas. Por ejemplo, en el sector de la construcción ya recibieron la nota, entre otros, mientras que hay actividades que están entre las listadas como beneficiarias que todavía no tuvieron ningún aviso, comentó Russo.
3. No recibirán el beneficio por efecto inflación
A otros no les va a llegar nunca, porque se inscribieron a raíz de que la AFIP dijo que lo hicieran todos los empleadores, aunque no fueran de las actividades beneficiadas o no les hubiera disminuido la facturación. Russo comentó que hay empresas que están en este segmento a raíz de la inflación.
4. No pudieron rectificar datos ante la AFIP
Un cuarto sector es el de los que fueron notificados el día 27, el último en el que era posible inscribirse que tenían que rectificar la facturación porque la informada no coincidía con los registros de la AFIP.
Más incertidumbre
Por otra parte, tal como alertara iProfesional, Russo dijo que también hay incertidumbres sobre cuándo y cómo será depositado en la cuenta bancaria del empleado por la ANSES el Salario Complementario.
En el mercado se comentó que estaban llegando a los celulares un mensaje de texto de la ANSeS que diría que el Salario Complementario será depositado el 30 de abril.
Lucas Tamagno, de Allende & Brea, también relató que el viernes pasado la AFIP comenzó a enviar notificaciones a los domicilios electrónicos constituidos por las empresas en donde se les informaba los beneficios a los que había accedido cada empresa en el marco del Programa de Asistencia en Emergencia para el Trabajo y la Producción.
La notificación les decía a las empresa que habían accedido a la postergación del pago de las contribuciones patronales correspondiente al período devengado durante el mes de abril de 2020 y del acceso al beneficio del Salario Complementario que se le abonará a los empleados de la empresa por un monto del orden del 50% con el límite Salario Mínimo Vital y Móvil de mínimo y dos SMVM de tope.
"Sin embargo, es el pago de este Salario Complementario el que más incógnitas genera hoy entre las empresas porque se tienen muchas dudas de que en estos días que restan hasta fin de mes los empleados lleguen a percibir el aporte del Estado", advirtió Tamagno.
"En atención a la cantidad de empresas que se habían anotado para acceder al programa de beneficios y la cantidad, a su vez, de empleados que muchas de estas empresas tienen en sus nóminas, parece materialmente difícil que lleguen desde el Estado a realizar todas las transferencias a cada uno de estos empleados", sostuvo Tamagno.
"Más aún cuando no se transfiere una cifra única para todos los empleados sino que la misma variará de acuerdo al salario que perciban", agregó.
Ante ello, algunas empresas están pensando en medidas alternativas para evitar problemas con sus empleados, quienes probablemente vean un pago menor al que perciben habitualmente en lo inmediato, dijo Tamagno.
Las dos alternativas que se presentan frente al no pago en término del Salario complementario por parte del Estado, dado que se genera un potencial conflicto con el empleado para la empresa, son las siguientes:
1. Adelanto de sueldo
Para que el empleado no vea afectado su salario en caso de que el Estado pague tarde algunas empresas están pensando en ofrecer como alternativa abonar ese monto mediante la modalidad de adelanto de sueldo. Una vez verificado que el Estado abonó el monto correspondiente se descuenta ese adelanto del salario próximo que perciba el empleado.
2. No cubrir la totalidad del salario, esperando la ayuda del Estado
La empresa espera que el Estado abone la suma y en caso de conflicto evaluará qué hacer. Claramente no existe una inconducta por parte del empleador que pueda generar una injuria en el trabajador por lo que algunas empresas, si el Estado no paga, podrían evaluar no abonar ni realizar pago alguno. Estas serían las empresas que están más comprometidas económicamente.
No obstante, las empresas tienen la duda de cómo verificar si efectivamente le acreditan el pago al trabajador, y en el caso de las empresas que poseen empleados con salarios variables, cuánto le acreditan, aseguró Tamagno,