La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) derogó la presunción que sostenía que un empleado en relación de dependencia perteneciente a personas físicas de altos ingresos (ingresos brutos anuales mayores a $500 mil y/o encontrarse alcanzado en Bienes Personales) tenía empleo domésticoa su cargo en su hogar.
Los cambios se dieron a conocer a través de la resolución general 3828 publicada en el Boletín Oficial de este viernes.
Desde el fisco nacional explicaron que si bien los “ingresos brutos anuales” junto con la circunstancia de encontrarse alcanzado en Bienes Personales y/o el valor de la totalidad de los bienes, resultan indicativos de la capacidad contributiva del sujeto, podrían por si solos resultar insuficientes para sostener por vía presunta la existencia de empleo no registrado.
En paralelo, el organismo de recaudación potencia la campaña de control del empleo en negro en el servicio doméstico a través de un renovado micrositio en donde se agrupan las tareas que deben realizar los empleadores de personal doméstico.
El organismo considera empleadas de casas particulares a los que realizan actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos o institutrices, entre otras.
El micrositio permite realizar las siguientes actividades:
- Registrar trabajadores.
- Generar el formulario para el pago.
- Consultar el valor de los aportes y contribuciones y la cuota destinada a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).
- Chequear si se realizaron los aportes y contribuciones.
También pone a disposición de los empleadores diversas guía paso a paso en donde el fisco nacional explica cómo registrar al personal doméstico a través de la página de la AFIP, del homebanking o de manera telefónica.
Para acceder al micrositio haga clic aquí.