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Impositiva

El Ministerio de Hacienda establece las fechas de vencimiento correspondientes al ejercicio fiscal 2010, para todas las contribuciones que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Martes, 01 Diciembre 2009 14:27
Publicado en Impositiva
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) estableció el calendario de vencimientos 2010. Puntualmente, la norma determina "las fechas de vencimiento para el período impositivo 2010 del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras, de Patentes sobre Vehículos en General, la de Mejoras, la de Publicidad, por Uso y Ocupación de la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo de la Vía Pública, Abasto y Embarcaciones, como así también el ingreso de anticipos a cuenta de las liquidaciones definitivas".
Martes, 01 Diciembre 2009 07:13
Publicado en Impositiva
Se establece que los contribuyentes y/o representantes que tramiten la solicitud de la Clave Ciudad deberán hacerlo obligatoriamente en la delegación que la Dirección General de Rentas posee en el Centro de Gestión y Participación Comunal que le corresponde a su domicilio fiscal, exceptuando a los grandes contribuyentes y sus representantes, los cuales deberán gestionar la solicitud de la citada clave en la Sede Central de la mencionada Dirección General. Por su parte, se unifica determinada documentación requerida para solicitar la citada clave con el fin de asegurar la identificación unívoca del responsable y del contribuyente.
Lunes, 30 Noviembre 2009 13:59
Publicado en Impositiva
A partir de 2010, con la entrada en vigencia del flamante esquema, las empresas y particulares adheridos al régimen simplificado deberán chequear si no exceden los nuevos límites cada vez que emitan una factura. De superar los topes tendrán que inscribirse de inmediato en IVA y Ganancias
Jueves, 26 Noviembre 2009 11:28
Publicado en Impositiva
El fisco bonaerense decidió ajustar las obligaciones que deben cumplir los escribanos ante la compraventa de propiedades. La reformulación se dio a conocer a través de la resolución 79/2009 publicada en la página Web de la Agencia de Recaudación bonaerense. La normativa establece que de existir deuda con relación al inmueble que origina la transacción, el escribano público deberá consignarla en el respectivo "Informe de deuda" con sus respectivos intereses, calculados hasta la fecha de su confección. De esta manera, el organismo a cargo de Rafael Perelmiter busca potenciar el control contra la evasión.
Jueves, 19 Noviembre 2009 10:08
Publicado en Impositiva

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