Las empresas de servicios públicos que proveen luz, gas, agua y desagües cloacales deben informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a partir del 1 de abril, si el titular de la factura es el usuario o no de la prestación. Esto fue aclarado por nota del organismo a las compañías sobre las obligaciones que surgen de la resolución 3571 de diciembre pasado.
Por esa norma, las prestatarias deben enviar a la AFIP a partir del próximo mes una constancia electrónica de cada factura, en la que debe constar nombre, documento o CUIL-CUIT, y si es propietario o inquilino. Ahora, la entidad pidió más específicamente que se responda si el cliente es "usuario o titular del servicio". Pero como todavía no empezó a enviarse el pedido de esta información a los clientes, recién a fines de mayo podría empezar a utilizarse el dato y si es que se logra una respuesta más o menos masiva.
El requerimiento de la AFIP a las compañías sobre usuario o titular, si coinciden o difieren, busca diferenciar no sólo a inquilinos de propietarios, sino también a los que compraron un inmueble y no cambiaron la titularidad, a los que lo heredaron y no hicieron la sucesión, a los que viven en viviendas que son propiedad de familiares y numerosas situaciones particulares por las cuales no está claro qué personas y de qué nivel económico reciben subsidio en las facturas de luz, gas y agua.
La impresión generalizada en las empresas es que sin alicientes económicos ni obligación legal, los consumidores no aportarán la información que quiere la AFIP. Esto significa que a menos que el organismo recaudador difunda que habrá diferencias en el valor de las facturas si se es propietario del inmueble, inquilino u ocupante, los usuarios no responderán al requerimiento de las prestadoras de luz, gas y agua sobre ese punto.
En algunas de las compañías ya están preparando un link especial dentro de cada sitio web para que los clientes puedan cambiar la titularidad o declarar quién es el titular y el usuario además de habilitar la posibilidad de responder por correo con franqueo pagado. Además, las prestatarias ya están casi listas para enviar a la AFIP desde abril una constancia electrónica de cada factura en la que constarán nombre, documento o CUIL-CUIT.
La primera conclusión es que, a lo sumo, con una buena difusión previa, los que van a responder son los que creen que mantendrán los subsidios, no los que corren el riesgo de perderlo. Una alternativa sería que la AFIP o las empresas prestadoras crucen los datos del titular de cada factura con el registro de la propiedad inmueble de cada lugar. Hay quienes sospechan que todo esto son preparativos para blanquear las situaciones patrimoniales de los contribuyentes, vinculado sólo en segundo término a la reducción o eliminación de los subsidios.
Por ejemplo, si un contribuyente consume más de 1.800 metros cúbicos de gas por año, se puede deducir que vive en una propiedad mediana o grande, y verificar si esto está o no declarado y si además coincide con los ingresos que tiene registrados en la AFIP.
En este sentido, el consumo de luz, gas o agua obraría como otro elemento para definir la posición del contribuyente al igual que en su momento, se pidió los nombres de las personas que utilizan colegios privados con alta cuota mensual.
De momento, lo que se sigue viendo es que la iniciativa para bajar el peso de los subsidios en el gasto publico se encuentra en un "freezer" a la espera de que la inflación entre en niveles más contenidos, y a que se encaminen las principales negociaciones salariales.