Quienes alquilen departamentos a turistas tendrán que registrar la propiedad y tributar impuestos. Es por una ley aprobada en la Legislatura porteña y que le pone regulación a un negocio que hasta ahora no contaba con ningún tipo de control.
Alcanza a quienes sean propietarios de más de tres departamentos y a empresas o personas que gerencien o comercialicen un grupo de inmuebles. Al convertirlos en una actividad económica, deberán pagar Ingresos Brutos e Impuesto al Valor Agregado (IVA).
“La ley viene a ponerle un marco legal a una actividad que compite de manera desleal con los hoteles. Estamos viviendo una situación macroeconómica muy difícil, por eso es necesario apuntalar actividades como el turismo, que pueden ser el motor económico de una ciudad”, opinó Hernán Lombardi, ministro de Cultura de la Ciudad y titular del Ente de Turismo. Los autores de la ley fueron Jorge Garayalde (PRO), Delia Bisutti (Nuevo Encuentro) y Silvina Pedreira (PJ, mandato cumplido).
Entre otras cosas, habrá que inscribir al departamento en un registro público, cumplir con las normativas vigentes en la Ciudad en relación a la colocación de planos de evacuación, sistemas de iluminación auxiliar y disposiciones de seguridad (como las referentes a personas con discapacidades o movilidad reducida), entre otras. Los propietarios también tendrán que pagar Ingresos Brutos (en relación directa a las ventas y sin importar cuál es la ganancia) y el IVA, que desde los 90 pagan todos los alquileres.
Según datos del sector turístico, se estima que hay alrededor de 60.000 camas hoteleras. Además, unas 20.000 camas en departamentos de alquiler temporario. Y según el Ente de Turismo, unos 51 edificios fueron construidos especialmente para ofrecer este tipo de alojamiento, una actividad que creció fuerte tras la crisis de 2001.
“La implementación de esta regulación se viene hablando desde 1998. Es vital igualar a todos ante la ley. Me parece que a la larga, este tipo de leyes llegarán a todas las ciudades importantes del país”, opinó al matutino Clarín Graciela Fresno, de la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés de Buenos Aires (AHRCC). Junto a la Cámara de Hoteles y a la Asociación de Hoteles de Argentina, impulsaron este registro para igualar la oportunidad de negocios.
En el caso particular de los edificios que fueron construidos exclusivamente para ser explotados como alquiler temporario con fines turísticos, tendrán que contar con la habilitación que corresponda a la clase de servicio que fije la ley de alojamiento turístico. Es decir que serán fiscalizados por la Agencia Gubernamental de Control, quien se encargará de registrarlos y reglamentar una habilitación.
“El tema central es que regula una actividad que a partir de ahora es pública, está reglamentada y sujeta a normas de calidad. Pero además genera más seguridad, para los turistas y para los vecinos que viven en edificios donde hay este tipo de departamentos en alquiler”, opinó Lombardi.
El registro también está abierto a quienes tengan menos de cuatro departamentos: “La idea es que puedan promocionarse a través de la web de la Ciudad ”, explicaron fuentes del sector turístico al matutino. Por eso la ley contempla que los departamentos puedan ser “favorecidos con la inclusión en la publicidad oficial y en programas de difusión, promoción y ofertas”, promovidos por el Gobierno porteño.
Este tipo de registros ya existen en ciudades como París, Nueva York y Roma. Allí, por ejemplo, también se completan fichas con los datos de los pasajeros, como en los hoteles. Aquí el Poder Ejecutivo tiene 180 días para reglamentar la ley, que entrará en vigencia 30 días después. Mientras que aquellos que tengan que adecuarse a la nueva ley, tendrán 90 días para hacerlo.
También la Legislatura aprobó otra ley que reemplaza a una ordenanza de los 80 y pasa a regular y ordenar los nuevos tipos de alojamiento como hostels y hoteles boutique. Así, le da al Estado la chance de controlarlos a partir del cumplimiento de regulaciones.