El fisco bonaerense decidió ajustar las obligaciones que deben cumplir los escribanos ante la compraventa de propiedades.
La reformulación se dio a conocer a través de la resolución 79/2009 publicada en la página Web de la Agencia de Recaudación bonaerense.
La normativa establece que de existir deuda con relación al inmueble que origina la transacción, el escribano público deberá consignarla en el respectivo "Informe de deuda" con sus respectivos intereses, calculados hasta la fecha de su confección.
De esta manera, el organismo a cargo de Rafael Perelmiter busca potenciar el control contra la evasión.