La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya puso en marcha una importante avanzada que recae sobre los pequeños contribuyentes que más facturan.
En efecto, a partir de este mes, quienes se encuentren en los escalones más altos del régimen simplificado comenzaron a facturar de manera electrónica. Puntualmente, la nueva obligación alcanza a quienes facturen más de $10.000 al mes.
Complementariamente, los monotributistas que superen $6.000 mensuales de ingresos facturados tendrán -hasta fin de mes- para cumplir con un estricto régimen de información.
Cerrando el círculo de la avanzada, el fisco nacional obliga a todos los pequeños contribuyentes a cumplir con la habitual recategorización cuatrimestral.
Obligaciones múltiples
En lo que constituye un paso más hacia la generalización del régimen, a partir de este mes, los monotributistas que más ganan tienen que adherirse al régimen de factura electrónica.
En una primera etapa, la nueva obligación alcanza -en líneas generales- a:
- Los monotributistas profesionales que facturen entre $10.000 y $16.667 al mes.
- Los pequeños contribuyentes que realicen otras actividades, con ingresos mensuales que se ubiquen entre $10.000 y 25.000 pesos.
Complementariamente, los monotributistas que ganan más de $6.000 al mes están obligados a informar entre otros datos:
- El total de ventas del primer cuatrimestre del año, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso.
- Los montos de las compras efectuadas, con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.
- Si son propietarios o inquilinos del local explotado.
- La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.
- La cantidad de energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.
Quienes no cumplan con el régimen de información, deberán afrontar multas de hasta $45.000 y podrán ver reducidos a la mitad sus ingresos. Esto es así, ya que, una vez verificado el incumplimiento, el fisco nacional comenzará a aplicar retenciones en el IVA y en Ganancias a la máxima tasa posible.
Por último, el padrón completo de monotributistas tiene hasta el 20 de mayo próximo para actualizar su situación impositiva ante la AFIP.
En efecto, los pequeños contribuyentes deberán recategorizarse en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados entre mayo del año pasado y este mes.
De exceder uno de los límites antes mencionados, automáticamente el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar.