a Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que hasta el 31 de julio, inclusive, los contribuyentes que voluntariamente se hayan excluido del régimen simplificado o hayan solicitado el alta en el Régimen Generalpodrán adherirse nuevamente al monotributo o acceder a una reducción del saldo técnico de IVA.
El beneficio comprende a quienes hayan pasado a autónomos entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020. Las facilidades forman parte de las herramientas previstas en el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. Las gestiones se realizan a través de la página web de la AFIP. Las y los contribuyentes podrán corroborar la aceptación o el rechazo del trámite en su Domicilio Fiscal Electrónico.
Reingreso al Monotributo
Podrán optar por volver a adherirse al monotributo los contribuyentes cuyos ingresos brutos devengados en el régimen general en durante ese mismo período no hubieran excedido, en ningún momento, el 25% del límite superior de la categoría máxima de monotributo de la actividad desarrollada. De esta forma, los autónomos podrán reingresar al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes sin tener en cuenta los 3 años previstos en la normativa vigente.
Los pasos a seguir son:
- Ingresar con clave fiscal al portal Monotributo
- Seleccionar la opción "Solicitar Reingreso" que se encuentra en la tarjeta "Beneficio para Contribuyentes Cumplidores".
La aceptación o rechazo del trámite estará disponible en el Domicilio Fiscal Electrónico.
Si la solicitud es aprobada, se podrá reingresar al monotributo desde la opción "Darse de alta" disponible en el portal, para lo cual se deberá completar el proceso de adhesión habitual.