La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos valores para autónomos vigentes desde diciembre 2020.
Desde el año 2017, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.
Para las actualizaciones del año en curso, hay que tener en cuenta que el artículo 55 de la ley 27541 de solidaridad social y reactivación productiva suspende por 180 días la aplicación del índice de movilidad jubilatoria fijada por el artículo 32 de la Ley 24241, señalan desde el Blog del Contador.
Asimismo, mediante el Decreto 542/2020 se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la suspensión de la aplicación del artículo 32 de la Ley Nº 24.241, establecida en el artículo 55 de la Ley 27.541.
Durante dicho período el Poder Ejecutivo Nacional deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales correspondientes al régimen general de la Ley 24241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos.
En este sentido, a través del Decreto 899/20 se dispuso que todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES tendrán un incremento equivalente al 5% sobre el haber devengado correspondiente al mensual noviembre de 2020, a partir del 1 de diciembre de 2020.
Los nuevos valores de autónomos desde diciembre 2020 son los que muestran seguidamente y recordamos que son los correspondientes al devengado diciembre con vencimiento en el mes de enero y estarán vigentes hasta el mes de febrero con vencimiento en marzo del próximo año.