La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó las aplicaciones para que las personas humanas y sucesiones indivisas puedan presentar las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y renta financiera 2019.
"Aquellos que obtuvieron ingresos provenientes de depósitos a plazo fijo, inversiones y/o venta o enajenación de bienes inmuebles, se sugiere realizar primero la declaración del Impuesto Cedular", señalan desde el Blog del Contador.
Para Ganancias se podrá optar por declarar por el método simplificado o el general.
Régimen simplificado
Podrán hacer esta declaración exclusivamente quienes percibieron ingresos por alguna de las siguientes actividades:
- Trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones
- Actor que percibe ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores
- Socio de sociedades cooperativas, y trabajás personalmente en la explotación – por los servicios prestados-(incluyendo el retorno percibido)
También podrán realizar su declaración por el Régimen Simplificado si, además de los ingresos antes mencionados, se obtuvieron rentas por las cuales se haya adherido al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) o si resultaron exentas, no alcanzadas o no computables en el Impuesto a las Ganancias.
Renta financiera: intereses de plazo fijo
Respecto a la aplicación para liquidar al Impuesto Cedular del año 2019, se puede observar que dentro de los "Intereses de depósito a plazo", no se encuentra incluida la posibilidad de informar el rendimiento por depósitos en moneda nacional o sin claúsula de ajuste. Solo se encuentra la opción de informar los depósitos bancarios a plazo en moneda extranjera o con claúsula de ajuste, señalan desde el Blog Contadores en Red.