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05 Jun

Cuánto pagará de impuestos una empresa argentina de 60 empleados durante 2020 Destacado

Un flamante informe de la Fundación Libertad y Progreso revela cuánto dinero en dólares debe destinar una empresa argentina de 60 empleados

La Fundación Libertad y Progreso señaló en un nuevo informe que una empresa argentina de 60 empleados deberá pagar este año 144.000 dólares en impuestos, debido al contexto económico actual y los efectos de la pandemia del coronavirus.

Asimismo, remarcó que si la empresa desea cumplir con todas las obligaciones fiscales, "no sólo no tendrá ganancias durante 2020 sino que deberá perder plata para poder producir, cuando en casi todo el mundo sería rentable".

"Según datos del informe anual Doing Business que elabora el Banco Mundial (BM), las empresas argentinas pagan en impuestos un 106% por sobre sus ganancias. Esto significa que en Argentina una empresa 60 empleados que factura anualmente u$s12.600.000 con una ganancia del 20% (u$s2.400.000) deberá pagarle al Estado u$s2.544.000", ejemplificó Libertad y Progreso en su informe.

Según la Fundación, la misma empresa en Uruguay, debería aportar cerca del 42% y en Chile no superarían el 34 por ciento.

Asimismo, el informe destaca que según datos de la Secretaría de Emprendedores y Pymes dependientes del Ministerio de Producción, una empresa mediana del segundo tramo, en promedio facturaría 16.849.992 dólares.

Entre los impuestos y las contribuciones que se analizan se incluye el impuesto a las ganancias o sobre los ingresos de las empresas, las contribuciones a la seguridad social e impuestos laborales correspondientes al empleador, los impuestos sobre la propiedad, sobre la transmisión de la propiedad, sobre los dividendos, sobre las ganancias de capital y sobre las transacciones financieras, así como los impuestos de recolección de residuos, de vehículos y de circulación, y otros impuestos o tasas de menor cuantía.

Impuesto a las grandes fortunas: ¿a quiénes alcanzará?

El presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, descartó que el oficialismo esté pensando en bajar de 200 millones de pesos a 150 millones la base a partir de la cual se aplicará el impuesto a las grandes fortunas para contribuir a la lucha contra la pandemia.

Si bien en los últimos días trascendió que había un debate interno en el Frente de Todos, Heller desechó que se esté evaluando esa modificación y ratificó, en diálogo con Diputados TV, que el piso estipulado en el proyecto de ley será de 200 millones de pesos.

"El número de 200 millones no es un número arbitrario. Nos permite circunscribir el gravamen a unas 12.000 personas humanas. Si lo bajáramos a 150 millones, como leí en alguna publicación, estaríamos incorporando 20.000 personas más, es decir alcanzaría a más de 30.000, y según nuestros números, el aumento del potencial recaudatorio no está en proporción a la cantidad de gente, por eso hicimos esa raya", explicó.

Por esa razón, el diputado reiteró que no se puso "un número caprichoso" sino que se trató de encontrar "un punto de equilibrio entre la menor cantidad de gente alcanzada y la mayor cantidad de dinero a recaudar".

Además, el porteño confirmó que el cálculo se hará según las declaraciones juradas de las personas alcanzadas, y que las alícuotas serán escalonadas.

En cuanto a la recaudación, precisó que "el destino de los fondos será asistir a los trabajadores de las pymes más castigadas, asistir a las personas que viven en barrios vulnerables, y la adquisición de insumos sanitarios".

Heller anunció que la iniciativa ingresará a la Cámara baja en los próximos días para iniciar el tratamiento en comisiones, aunque aclaró que se buscarán consensos con la oposición ya que "los proyectos impositivos requieren mayoría especial" de 129 votos.

 

Claves del proyecto

 

La iniciativa crea con carácter de emergencia y por única vez, un tributo que se aplicará en todo el territorio de la Nación tomando como base del cálculo los Bienes Personales resultantes al 31 de marzo de 2020".

 

Se encuentran alcanzadas por el presente tributo las personas humanas y las sucesiones indivisas que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre los Bienes Personales, cuando la suma de los bienes de los que sean titulares, cuya valuación, determinada por los criterios de la mencionada norma legal, independientemente del tratamiento que revistieran en ese gravamen y sin deducción de mínimo no imponible alguno, al 31 de diciembre de 2019, sea igual o superior a $200.000.000

 

Para las personas humanas y sucesiones indivisas alcanzadas, la base imponible se determinará considerando la suma del monto de todos los bienes de los que sean titulares al 31 de marzo de 2020, determinada de acuerdo a los criterios de valuación establecidos en el mencionado impuesto , independientemente del tratamiento que revistieran en éste y sin deducción de mínimo no imponible alguno.

El impuesto a ingresar se determinará aplicando sobre la base imponible que resulte de lo dispuesto en el artículo anterior, la alícuota que corresponda aplicar de acuerdo a la siguiente tabla:

  • De $0 a $400.000.000, inclusive  abonarán una tasa del 2,00%
  • De $400.000.000 a $3.000.000.000, inclusive; abonarán una tasa de 2,50%
  • De $3.000.000.000 en adelante, abonarán una tasa de 3,50%

El producido de lo recaudado por el gravamen será aplicado, en orden prioritario:

1. A la compra y/o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria, vinculados a la pandemia del COVID-19.

2. Al refuerzo de las transferencias a personas que hayan perdido sus ingresos por la crisis ocasionada por la pandemia del COVID-19, con el fin de mejorar su situación social e impulsar el consumo.

3. A subsidios a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, más castigadas por el efecto económico de la pandemia del COV-19, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.

Puntos claves del Impuesto a la Riqueza

Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados detalla los diez puntos a tener en cuenta sobre el nuevo impuesto a la riqueza

1. La tasa que se está convalidando, directamente por parte del oficialismo, e indirectamente por parte de la oposición, es en torno al 2% como mínimo.

2. No se diferencia patrimonio en el país y en el exterior.

3. Será por única vez.

4. Se toma para la valuación la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales, pero la fecha de corte sería posterior al último 31/12.

5. Al tener un desdoblamiento cambiario que genera una brecha cambiaria de un 100%, hace que el impuesto para quienes sus patrimonios se encuentren dolarizados que la tasa sea efectiva más baja.

6. No se permite la deducción de pasivos.

 

7. No queda claro el tratamiento de las inversiones en títulos públicos en caso de que se caiga en default.

 

8. Se deberán tener en cuenta que gran parte de las inversiones hoy tienen mucho menos valor al no haber terminado la pandemia, por lo que la foto sobre la que se calcule el patrimonio será mentirosa.

 

9. Los planteos de confiscatoriedad caerán sobre activos que no generen renta.

 

10. El resto del mundo está evaluando la creación de impuestos al patrimonio, pero ello dado que en esos países no tienen otros impuestos similares como en Argentina el Impuesto sobre los Bienes Personales.

 

 

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