La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó, dentro del servicio Siradig Trabajador, la posibilidad de realizar la consulta del formulario 1357, pero cuando se intenta consultar el correspondiente al período fiscal 2018 el sistema arroja un error y no es factible obtener dicho formulario.
Recordemos que el artículo 12 de la RG 4003 establece que: "Los sujetos mencionados en el artículo precedente podrán consultar e imprimir el formulario de declaración jurada F. 1357 "Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia" correspondiente a la liquidación anual, final o informativa, según corresponda, confeccionada por el agente de retención conforme lo establecido por el Artículo 21, a través del aludido "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR".
Según había establecido AFIP mediante la Res. Gral. 4.396 de principios de año, el formulario de liquidación anual iba a estar disponible a partir del día siguiente al vencimiento de la obligación por parte del empleador de entregar el formulario de liquidación anual. En principio esa fecha era el 1 de mayo pero luego de la prórroga otorgada casi a último momento el formulario 1357 debía estar a disposición del trabajador a partir del 18/5.
Para consultar y descargar el formulario 1357 el trabajador deberá ingresar con clave fiscal a la web de AFIP y allí dirigirse al servicio SIRADIG – Trabajador.
Una vez allí encontrará la opción Consulta de Liquidaciones – F1357
Ingresando en dicha opción, el sistema muestra los formularios cargados por el agente de retención y que se encuentran disponibles para descargar.
Se muestra el tipo de presentación (anual, informativa o final), la descripción (original o rectificativa), el período fiscal, la fecha de envío por parte del agente de retención, el CUIT y denominación del mismo.
Luego, clickeando en el ícono de la impresora se descargará el formulario 1357 con los datos indicados por el agente de retención al momento de presentar la declaración jurada.
Por último, recordamos que actualmente, y luego de las modificaciones introducidas por la Res. Gral. 4.493, los agentes de retención están obligados a confeccionar el formulario 1357 para aquellos trabajadores que durante 2018 hayan obtenido ingresos superiores a $1.500.000.