La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está enviando al domicilio fiscal electrónico de profesionales un recordatorio sobre el registro de empleados.
En la comunicación efectuada a última hora del día viernes, se invita a registrar trabajadores en relación de dependencia, según el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT), que es un parámetro que toma el fisco para establecer la cantidad de trabajadores que fueron requeridos en un período determinado y con relación a una actividad específica para la realización de un hecho económico que requirió la utilización de mano de obra, la cual no fue oportunamente declarada por su empleador en un período de tiempo determinado.
A continuación, el texto completo de la intimación dada a conocer por el blog El Contador Online:
Te enviamos este mensaje para recordarte que debés tener registrados a todos tus empleados.
Contamos con información que nos indica que de acuerdo con tu actividad, no tenés a tus trabajadores dependientes debidamente registrados.
Evitá sufrir sanciones, conforme lo disponga la ley, en concepto de multas, clausuras e inscripción en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), regularizando a tu personal por su verdadera fecha de ingreso y su real remuneración.
Registrar a tus trabajadores es simple. Ingresá con clave fiscal a "Simplificación Registral - Registro de Altas y Bajas de Relaciones Laborales".
Una vez que cumplas con este trámite, de inmediato los trabajadores contarán con la cobertura de salud y accidentes laborales y con el seguro de vida obligatorio.
El empleo no registrado es una de las causas que contribuye a la falta de inclusión social, provocando como consecuencia directa, la ausencia de derechos laborales, la reducción en el financiamiento de los sistemas de seguridad social y la desprotección del trabajador y su grupo familiar frente a muerte, enfermedad y accidentes.
Podés consultar más información en la guía de trámites Simplificación Registral - Registro de Altas y Bajas de relaciones laborales o en los micrositios www.afip.gob.ar/empleadores y www.afip.gob.ar/imt.