La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos importes a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos con destino al régimen de la seguridad social, en este caso a partir del devengado junio/2018. Desde este año, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.
La Resolución 88/18 de la ANSES fijó en el 5,69% el índice de movilidad de las jubilaciones para junio. Los nuevos importes son correspondientes al devengado junio con vencimiento en julio del corriente año y estarán vigentes hasta el mes de agosto con vencimiento en septiembre.