El Gobierno modifica la definición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MiPyME), actualizando el monto de ventas anuales y la cantidad de empleados mínima requerida. Los nuevos valores se dieron a conocer a través de la resolución 215/2018 publicada en el Boletín Oficial.
Serán consideradas Micro, Pequeñas o Medianas Empresas aquellas cuyos valores de ventas totales anuales expresados en $ no superen los siguientes topes.
Ahora la normativa establece que los topes en la cantidad de empleados sólo se podrán aplicar para las empresas en las que al menos el 70% de las ventas totales anuales correspondan a actividades de comisionistas, consignatarios y agencias de viajes mayoristas y minoristas. La flamante resolución ya se encuentra en plena vigencia.