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06 Oct

Refuerzan pautas para realizar pagos en efectivo

Sujetos que reportan operaciones sospechosas de lavado "sólo podrán recibir por cliente y por día fondos en efectivo por un monto menor a 1.000 pesos".

La Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció que cuando los sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero reciban por cliente y por día fondos en efectivo superiores a $1.000, la entrega deberá ajustarse a alguna de las formas previstas en la Ley Antievasión.

La medida se oficializó a través de la resolución 580 publicada en el Boletín Oficial. para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La norma establece que los sujetos obligados a reportar las operaciones sospechosas "sólo podrán recibir por cliente y por día fondos en efectivo por un importe que no exceda los 1.000 pesos".

"Cuando por cliente y por día los fondos recibidos por los sujetos obligados excedan el importe indicado precedentemente, la entrega por el cliente deberá ajustarse a alguna de las formas previstas por la Ley Antievasión", agrega la norma.

"En el caso de utilizarse cheques, éstos deberán estar librados contra cuentas corrientes abiertas en entidades financieras del país de titularidad o co-titularidad del cliente. En el caso de utilizarse transferencias bancarias, éstas deberán efectuarse desde cuentas bancarias a la vista de titularidad o co-titularidad del cliente, abiertas en entidades del país autorizadas por el BCRA", puntualiza la nueva reglamentación.

Por otra parte, los sujetos obligados —por día y por cliente — no podrán efectuar más 2 pagos de fondos ni emitir más de 2 cheques", establece la CNV.

"En ningún caso los sujetos obligados podrán efectuar pagos en efectivo por día y por cliente por un importe superior a $ 1.000", advierte la norma.

"En el caso de utilizarse cheques, éstos deberán estar librados a favor del cliente con cláusula no a la orden, y en el caso de utilizarse transferencias bancarias, éstas deberán tener como destino cuentas bancarias de titularidad o co-titularidad del cliente abiertas en entidades del país autorizadas por el BCRA”, concluye la resolución.

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