Una ilusión óptica. Con estas palabras lejanas al mundo impositivo, no son pocos los expertos que advierten que el proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias que fue convertido en ley este jueves por la Cámara de Diputados es más perjudicial que el proyecto original para una amplia franja de trabajadores.
La ilusión óptica se explica de manera sencilla: si bien el proyecto convertido en ley establece un porcentaje mayor (23%) de suba del piso salarial a partir del cual los trabajadores pagan el impuesto; como contrapartida presenta un nuevo esquema de escalas "más chatas" lo que hace que inmediatamente se salte de escalón.
El esquema presenta más escalones y saltos menores en lo que refiere a la tasa que debe pagarse por cada tramo de la escala.
También es cierto que en algunos casos, los perjudicados podrán compensarlo con el cómputo de las nuevas deducciones (por ejemplo, el monto del alquiler).
De acuerdo al análisis que hicieron los economistas del Instituto de Trabajo y Economía de la Fundación Germán Abdala, los más perjudicados son los trabajadores “solteros” y los “solteros con un hijo”. En el caso de los trabajadores “casados con dos hijos”, como hay otras deducciones, el problema no se presenta.
De acuerdo al proyecto convertido en ley, un trabajador que cobre un sueldo neto (antes de Ganancias) de $24.900 pagará $101 mensuales de Ganancias (distribuyendo el impacto del SAC a lo largo del año) si es soltero y estará exento si es “soltero con un hijo” o “casado con dos hijos”.
Con el proyecto original del Gobierno, pagaría $173, $ 77 y $0, respectivamente. Así, el trabajador que cobra ese sueldo salió beneficiado con el cambio de un proyecto por otro.
Pero con un salario apenas más alto la situación se modifica: con un sueldo neto de $26.560 (un bruto de $32.000), el soltero pagará cada mes $272, un peso más que lo que pagaría con el proyecto original; al soltero con un hijo y al jefe de familia de una familia tipo, por el contrario, aún les conviene el nuevo proyecto.
Con $30.710 de ingresos netos mensuales, el universo al que le hubiera convenido el primer proyecto se amplía. El trabajador soltero sin hijos pagará por mes $966 (en vez de $829) y el soltero con un hijo, $601 (en vez de 543 pesos).
Sin embargo, el proyecto convertido en ley también establece nuevas deducciones que antes no existían: podrán deducirse, al menos parcialmente, los alquileres y lo que se cobre por viáticos, horas extras y feriados, entre otras cosas.
Con esas deducciones, al menos una parte del universo al que el proyecto convertido en ley resulta más gravoso que el original podrá compensar el mayor peso de Ganancias.
En igual sentido, en los siguientes cuadros el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) compara la situación en que quedaran trabajadores dependientes e independientes para diferentes niveles salariales aplicando los parámetros del nuevo proyecto, en relación a la que hubiera surgido del proyecto original.
Se supone incrementos nominales de salarios del 15% para 2017, 10% para 2018 y 5% para 2019 en un contexto de inflación decreciente.
Como se ve todos los trabajadores dependientes alcanzados por el impuesto experimentarán una reducción de su tasa efectiva respecto a la que afrontaron en 2015 y en 2016, pero a partir de un salario bruto mensual de $54.000 (en valores del año 2016) la reducción en la tasa efectiva derivada de la aplicación de los nuevos parámetros (que será similar en los tres años ejemplificados) será menor que la que se hubiera verificado a partir del tercer año de la reforma gradual originalmente planteada.
En el caso de los trabajadores autónomos, al ser menores sus deducciones computables, la situación descripta en el caso anterior se verifica anticipadamente (desde el año 2018) y con mayor importancia.
En consecuencia más allá de innegables ventajas respecto al proyecto con media sanción de la Cámara de Diputados la esencia del nuevo esquema implica una corrección de la distorsión que arrastra el impuesto a las Ganancias de personas físicas (empleados y fundamentalmente autónomos) mucho menor que la que se hubiera verificado al tercer año de aplicación de los parámetros contemplados en el proyecto original, en un contexto de inflación decreciente.
Nueva ley
Como primer gran cambio la iniciativa convertida en ley ayer por Diputados eleva -desde 2017-el piso a partir del cual se paga el impuesto a $27.941 brutos mensuales para solteros, lo que supone un sueldo de bolsillo de casi 23.200 pesos.
En tanto, un casado con dos hijos pagará Ganancias desde los $37.000 de salario bruto, o $30.700 de bolsillo.
Asimismo, las horas extras pagarán Ganancias, pero el trabajador no saltará de categoría por trabajar más horas. Mientras que los ingresos por feriados y días no laborables quedarán eximidos del impuesto.
A su vez, el proyecto establece que los viáticos se incluyen entre las deducciones al 40% (con un tope de $2000 mensuales).
Un aspecto relevante refiere a los alquileres. Podrán deducirse hasta el 40% con un tope de $4000 mensuales. Así quien pague un alquiler de $6000, por ejemplo, podría deducir $2400 por mes; pero el que pague un alquiler de $15.000, podrá deducir $4000 y no los $6000 que serían el 40 por ciento.
En tanto, las escalas son algo más chatas que las que contempló el oficialismo en su proyecto original y replicó la oposición en el que obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados. De todos modos, el aumento de las escalas va desde un 167% a un 300 por ciento.
Un tema de vital importancia refiere a la implementación de un mecanismo de actualización automática. El mínimo no imponible, las deducciones y las escalas se actualizarán cada año en base al índice de salarios oficial RIPTE.
Esto reducirá la cantidad de trabajadores que se incorporarán al tributo ante cada paritaria. Según la CGT, este acuerdo implica que 400.000 trabajadores dejarán de pagar Ganancias.
En relación a los jubilados, los abuelos estarán exentos de Ganancias por el equivalente de hasta cinco jubilaciones mínimas (alrededor de $30.000 brutos). Unos 140.000 jubilados que hoy tributan quedarán eximidos.
El proyecto de la oposición contemplaba que sólo los jubilados de privilegio queden alcanzados por el tributo.
A su vez, para la zona patagónica, el mínimo no imponible y las deducciones, tienen en el proyecto un incremento del 22 por ciento.
Asimismo, la iniciativa grava el juego (máquinas tragamonedas y apuestas) para recaudar aproximadamente $7 mil millones.
Además, habrá un impuesto del 15% al dólar futuro especulativo por única vez, pero no se gravará la renta financiera ni la actividad minera.
Otra novedad que introduce el proyecto convertido en ley, y que la oposición había planteado en el texto aprobado en Diputados, es que pagarán Ganancias los jueces designados a partir de 2017.
Monotributo
Por último, respecto al Monotributo se establece un esquema de actualización en torno al 75%, lo que representa llevar la categoría máxima de $600.000 a 1.050.000 pesos.
El proyecto que ya es ley establece las siguientes categorías de contribuyentes de acuerdo con los ingresos brutos anuales, las magnitudes físicas y el monto de los alquileres devengados anualmente, que se fijan a continuación:
En la medida en que no se superen los parámetros máximos de superficie afectada a la actividad y de energía eléctrica consumida anual, así como de los alquileres devengados, los contribuyentes con ingresos brutos de $1.050.000 anuales podrán permanecer adheridos, siempre que dichos ingresos provengan exclusivamente de venta de bienes muebles.
En tal situación se encuadrarán en la categoría que les corresponda de acuerdo con la cantidad mínima de trabajadores en relación de dependencia que posean y siempre que los ingresos brutos no superen los montos que, para cada caso, se establecen:
A su vez, se fijan nuevos valores para el impuesto integrado mensual del Monotributo, en los importes que, para cada categoría, se indican a continuación:
A continuación, el texto completo del proyecto que fue convertido en ley por Diputados