De acuerdo a la cuestionada resolución 2159 –que aún sigue vigente- los administradores de consorcios deberán informar, antes de fin de mes, el pago de expensas de aquellos propietarios que superan los $600 mensuales, correspondiente al primer semestre del año.
Desde el sector inmobiliario, cuestionaron este control fiscal señalando que el límite monetario establecido en $600 mensuales “es irrisorio ya que se encuentra totalmente desactualizado”.
Jorge Toselli, broker inmobiliario, advirtió que “se da el caso de unidades que antes no superaban los $600 mensuales y que ahora -debido a la evolución en los costos- exceden dicho monto ampliamente”.
Y señaló: “Por lo tanto, la carga que recae sobre los administradores se amplió significativamente de un año a otro, lo que dificulta aún más la tarea a llevar adelante”.
Pasos a cumplir
El régimen informativo de expensas establece que los administradores de consorcios deben informar los datos de los propietarios que excedan los $600 mensuales de gastos y los 100 metros cuadrados de superficie.
En el caso de los clubes de campo o countries, el límite monetario queda igual, pero se eleva a 400 el correspondiente a la superficie.
Los datos relevantes a informar son los siguientes:
- Respecto de los administradores: apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, domicilio fiscal, período a informar y tipo del complejo urbanístico administrado.
- Respecto de los ocupantes, propietarios o sujetos obligados al pago de las expensas: carácter, CUIT o CUIL, domicilio del inmueble, superficie total y monto total de expensas abonados durante el período informado.
Una vez procesada la información, la AFIP contará con datos relevantes a la hora de controlar las declaraciones de los propietarios correspondientes a Ganancias y Bienes Personales.
En este sentido, el fisco podrá comparar la superficie de dos departamentos, por ejemplo de cuatro ambientes, y se analizará el valor declarado por los titulares de dichos inmuebles en Bienes Personales. A su vez, los contrastará con los valores de mercado y, de todo este estudio, advertirá las inconsistencias.
Desde el estudio Lisicki, Litvin & Asociados, también explicaron que "los datos suministrados por los administradores de consorcios sobre las expensas permiten comparar el nivel de vida que se declara respecto a los montos consumidos informados en Ganancias".
Por otra parte, advirtieron que el fisco nacional "analizará cuándo se compró la propiedad y si está correctamente justificado. De manera contraria constituiría ganancia gravada no declarada".