La mayoría de las empresas y las dependencias públicas nacionales y provinciales están descontando en forma indebida el Impuesto a las Ganancias a los nuevos trabajadores en relación de dependencia.
El descuento erróneo, que afecta a varios miles de asalariados según calculan los expertos, es similar al que aplicó la ANSES con 10.000 “nuevos jubilados”.
En el caso de los “nuevos empleados”, corresponde a las personas que empezaron a trabajar por primera vez después de septiembre de 2013 o que no trabajaban en relación de dependencia entre enero y agosto de 2013.
En la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y luego de consultas con la AFIP, explicaron que en esos casos, la situación ante Ganancias es la siguiente:
-Los trabajadores que ingresaron en relación de dependencia a partir de septiembre de 2013, con una remuneración bruta inicial inferior a los $15.000, actualmente no se encuentran alcanzados por la retención de Ganancias cualquiera sea su sueldo bruto durante 2015.
En consecuencia, si el nuevo empleado empezó a trabajar, por ejemplo en septiembre de 2013, en enero de 2014 o en marzo de 2015 con menos de $15.000, y después de esas fechas, por los aumentos de salarios, pasó a ganar más de esa cifra, no está alcanzado por Ganancias.
Muchas empresas y en especial en dependencias públicas, interpretaron que como en 2015 esos empleados superaban los $15.000, debían retenerles Ganancias.
Lo correcto es que se les devuelva a esos empleados lo retenido a lo largo de este año y que los empleadores dejen de descontarles ese impuesto hacia el futuro, afirman en la FACPCE: “El empleador debe aplicar el artículo 4 de la Resolución de la AFIP 3525/13 que está vigente”, explican los expertos.
También los descuentos por Ganancias están mal aplicados entre los trabajadores que ingresaron a partir de septiembre de 2013 con una remuneración bruta inicial de entre $15.000 y $25.000, y que a partir de enero de 2015 obtuvieron u obtienen ingresos mayores a $25.000. En esos casos esos trabajadores siguen encuadrados de acuerdo a la escala de $15.000 a25.000, de acuerdo a los nuevos mínimos no imponible y demás deducciones fijados este año.
Así, si el nuevo empleado tuvo un sueldo inicial de $20.000, pero por los aumentos salariales posteriores, en 2015 gana más de $25.000, se le debe retener Ganancias de acuerdo a la escala de $20.000. Si la empresa de descontó en base a la escala para más de $ 25.000, debe reintegrarle la diferencia.