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13 Ago

Factura electrónica: limitan la prórroga a quienes no hayan implementado el sistema

La prórroga hasta abril de 2016 de la generalización de la generación del comprobante online no alcanza a quienes ya comenzaron a facturar electrónicamente

En el día de ayer, la Facpce emitió un nuevo comunicado en donde deja en claro, que de acuerdo a lo expresado por funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la prórroga hasta abril de 2016 de la generalización de la generación del comprobante online no alcanza a quienes ya comenzaron a facturar electrónicamente.

Por lo tanto, la situación expresada por los funcionarios en el marco de una nueva reunión con las autoridades de la Facpce es la siguiente:

  • Los contribuyentes que han comenzado a emitir facturas electrónicas por cualquiera de las opciones habilitadas para hacerlo, no pueden volver a emitir facturas manuales, salvo en casos de fuerza mayor (facturas de resguardo).
  • La flexibilización hasta el 31 de marzo próximo, se fundamenta en las dificultades observadas para la implementación -en tiempo y forma- del régimen de Facturación Electrónica.
  • Los contribuyentes que no tuvieron inconvenientes en dar de alta el nuevo “punto de venta” en el sitio web Comprobantes en Línea, y pudieron emitir al menos una factura electrónica antes del 10 de agosto pasado, deben continuar emitiendo facturas electrónicas para respaldar sus operaciones.

A continuación, el texto completo de la aclaración de la Facpce:

 

ACLARACIÓN DEL TEMA FACTURA ELECTRÓNICA (Pto. 1): Plazo extendido hasta el 31/3/2016 para emitir facturas manuales.


La propuesta formulada por la FACPCE referida a que... “es necesario aclarar la situación de quienes oportunamente optaron por emitir Comprobantes en
Línea frente a la nueva posibilidad de incorporarse al régimen de Factura Electrónica hasta el 31/3/2016”,... se refería a la necesidad de aclarar la
posibilidad de continuar utilizando facturas manuales por parte de aquellos contribuyentes que aun habiendo dado de alta un punto de venta para utilizar
“Comprobantes en Línea”, tuvieron inconvenientes de implementación que le impidieron iniciar la emisión de Facturas Electrónicas.
Ante esa propuesta FACPCE formulada en el referido contexto, la respuesta de la AFIP fue ... “quién optó por emitir Comprobantes en Línea, puede emitir facturas manuales hasta el 31/3/2016, utilizando para ello otro “punto de venta”...
Atento los problemas interpretativos que pudiera haber causado en los contribuyentes, tanto la propuesta FACPCE como la respuesta AFIP, las autoridades de la FACPCE y de la AFIP, considera necesario aclarar lo siguiente:

1. Los contribuyentes que han comenzado a emitir Facturas Electrónicas por cualquiera de las opciones habilitadas para hacerlo, NO pueden volver a emitir facturas manuales, salvo en casos de fuerza mayor (facturas de resguardo).

2. La flexibilización hasta el 31/3/2016 dispuesta por la RG 3749, se fundamenta en las dificultades observadas para la implementación -en
tiempo y forma- del régimen de Facturación Electrónica.

3. Los contribuyentes que no tuvieron inconvenientes en dar de alta el nuevo “punto de venta” en el sitio web Comprobantes en Línea, y pudieron emitir al menos una Factura Electrónica antes del 10/8/2015, debe continuar emitiendo Factura Electrónica para respaldar sus operaciones (para ellos no es la flexibilización de la RG 3749).

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