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07 May

La AFIP pone la mira sobre los padres que mandan sus hijos a colegios privados

A fines de julio, las escuelas -cuya cuota mensual supere los $2.000- deberán informar al fisco la CUIT y el domicilio de los padres de sus alumnos. Expertos advierten que la avanzada apunta a confrontar los datos con las ganancias declaradas ante el organismo recaudador.

En lo que constituye una polémica avanzada fiscal, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) obligará a los colegios privados –cuya cuota mensual supere los $2.000- a informar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y el domicilio de los padres de sus alumnos.

De acuerdo con la resolución general (AFIP) 2.832, publicada este jueves en el Boletín Oficial, los establecimientos educativos tendrán tiempo hasta fines de julio próximo para informar un minucioso detalle de las cuotas facturadas durante el primer semestre del año. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

En relación al punto que genera mayores controversias, el organismo de recaudación a cargo de Ricardo Echegaray, solicita los siguientes datos correspondientes al sujeto obligado al pago de las cuotas: 
 

           Carácter (padre, madre, tutor o responsable del pago).  

  • Apellido y nombres.

  • Domicilio declarado.

  • CUIT o en su defecto, Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) o tipo y número de documento de identidad.

“Cuando se trate de extranjeros que no cuenten con los datos referidos, deberá informarse el número de pasaporte”, agrega la norma recientemente oficializada.

Avanzada fiscal
Conocida la medida, Alejandro González Escudero, consultor tributario y presidente de la Fundación Economía y Sociedad (Fundecos) , no dejó lugar a dudas: “El interés no es revisar los ingresos de los colegios, sino lo que evidentemente busca esta reglamentación es poder identificar quién paga las cuotas escolares”.

“Con esta información se podrá controlar los consumos declarados por estos contribuyentes en el Impuesto a las Ganancias”, agregó González Escudero.

A modo de ejemplo, el tributarista precisó que “podrá detectarse a monotributistas que difícilmente -con los ingresos declarados ante la AFIP- puedan pagar colegios con cuotas tan altas”.

Respecto a la privacidad de los datos, González Escudero, adelantó que “a los colegios se les pueden producir situaciones incómodas, porque tendrán que informar datos que tal vez las familias, inclusive más allá del requerimiento impositivo, no quieran que se conozcan”.

“Es probable que comiencen a aparecer parientes del extranjero pagando cuotas del colegio de familiares lejanos, como una forma de eludir el control”, ironizó el consultor.

En relación a la magnitud del pedido de datos, Juan Ignacio Tuero, del estudio TWR Abogados, aclaró que la AFIP está “facultada a dictar regímenes generales de información”.

Tuero recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) determinó que “mientras exista un interés jurídico superior que avale que el derecho a la intimidad pueda ser reglamentado, y siempre que la reglamentación sea razonable, la implementación del régimen se ajustaría a las normas legales vigentes”.

“Sin embargo, en la práctica, los establecimientos educativos se encontrarán sobrepasados en sus tareas, lo que derivará en un traslado de los nuevos costos a las cuotas de los colegios", advirtió Tuero.

Como un dato no menor, Mario Volman, socio de Kaplan Volman & Asociados, destacó que el nuevo régimen obliga a las escuelas privadas que brindan servicios de educación hasta el nivel secundario.

“Por lo tanto, la norma no apunta a identificar las cuotas pagadas por los estudios universitarios o terciarios", puntualizó el experto.

Otro punto a tener en cuenta fue alertado por Oscar Eduardo Mary, socio del estudio Riveiro, Condoleo, Balán, Mary & Asociados: “Si bien no son muchos los colegios que van a tener que informar el detalle -ya que deben superar los $2.000 mensuales de cuota- la obligación de presentar la declaración jurada sin movimiento subsiste para todos los establecimientos al menos hasta que se verifique que han presentado tres declaraciones semestrales en esa condición”.

El control por dentro
Puntualmente, la resolución general (AFIP) 2.832 establece un régimen de información respecto de las cuotas que se determinen y, en su caso, se abonen durante cada año calendario, que deberá ser cumplido por los establecimientos de educación pública de gestión privada incorporados al sistema educativo nacional en los siguientes niveles:

  • Educación inicial.

  • Educación primaria.

  • Educación secundaria.

“La obligación de informar alcanza a la totalidad de los importes facturados o devengados en concepto de cuotas mensuales, iguales o superiores $2.000 por alumno”, agrega la norma.

Los colegios deberán suministrar la información –vía transferencia electrónica de datos- hasta las fechas que se indican a continuación:

  • Primer semestre calendario: hasta el último día hábil, inclusive, del julio de cada año.

  • Segundo semestre calendario: hasta el último día hábil, inclusive de febrero del año siguiente.

Asimismo, los colegios también deberán detallar:

  • Nombre del establecimiento.

  • Domicilio del establecimiento.

  • Datos del representante legal.

En relación a las cuotas facturadas, tendrán que detallar:

  • Tipo y número de comprobante emitido.

  • Fecha de emisión.

  • Importe total facturado en pesos.

  • Importe total adeudado, en pesos al 31 de diciembre de cada año, por cada padre o responsable del pago.

Proyecto de ley
En un sentido distinto a la avanzada de la AFIP, el senador oficialista del Chaco, Fabio Biancalani, presentó una iniciativa que propone descontar del monto sujeto a Ganancias el costo de la educación propia y de la familia de cada contribuyente.

El alivio sería considerable, ya que el proyecto no establece tope alguno en el cómputo de los montos cancelados y da luz verde para descontar el costo correspondiente al nivel preescolar, primario, secundario, universitario y hasta los posgrados realizados.

En los fundamentos del texto, al que se puede acceder
haciendo clic aquí, Biancalani explicó que su propuesta pretende “aliviar la carga económica que los contribuyentes enfrentan al costear la educación propia y de su familia”, ya sea esta preescolar, primaria, secundaria, universitaria o de posgrado.

”Las razones de las exenciones impositivas de la educación básica difieren a las de la educación superior. Mientras una se basa en la incapacidad del Estado en proveer a los ciudadanos de uno de sus derechos básicos citados en la Constitución Nacional, la otra tiene que ver con el rol del Estado como promotor del desarrollo de las personas y de la Nación en general”, agregó el legislador.

“Es real que desde hace años, el sistema educativo público no alcanza a albergar a todos los ciudadanos. Por lo tanto, miles de familias argentinas están implícitamente forzadas a mandar a sus hijos a un colegio de gestión privada -a destinar un porcentaje de sus ingresos a ello- no recibiendo compensación alguna”, detalló el senador oficialista.

“Ya que el Estado cobra por un servicio que no brinda, por lo menos que la familia considere parte del gasto que realiza para adquirir el servicio en el sector privado”, concluyó Biancalani.

A fin de precisar el alcance, el texto establece que se incorpora como una nueva deducción personal a “los importes efectivamente abonados por el contribuyente al establecimiento educativo, en concepto de educación, correspondientes al contribuyente y a las personas que revistan para el mismo en carácter de cargas de familia”.



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