Novedades
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Esta medida beneficiará a alrededor de 10.000 empresas que poseen deudas declaradas por hasta USD 500.000, a partir de febrero.
El decreto dispone que cuando la base imponible sea inferior a $ 19.826.151 no deberán ingresar el impuesto. Desde ese valor y hasta $36,602.126 la alícuota será del 20% y las superiores a ese valor pagarán la alícuota de 35%.
Se habilitó el F. 572 web mediante el cual el trabajador informa los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra en caso de tener otro empleo.
El Organismo Fiscal prorroga hasta el 5 de febrero el plazo límite para realizar la recategorizacion semestral
El Ministerio de Economía modifica las tasas de intereses resarcitorios, punitorios y de repetición de tributo.
El organismo recaudador actualizó el importe mínimo de identificación de los consumidores finales. Rige tanto para operaciones electrónicas como en efectivo.
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