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23 Nov

Asociaciones civiles: ajustan pasos para informar cambio de autoridades

La Inspección General de Justicia también modificó las pautas que deben respetar las entidades al momento de informar el cambio de sede

La Inspección General de Justicia (IGJ) ajustó los pasos que deben seguir las asociaciones civiles al momento de cambiar de sede o autoridades.

Las modificaciones se dieron a conocer a través de la resolución general 3/2011 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La norma que comienza a regir a partir del año próximo establece que dentro de los 15 días hábiles posteriores a la celebración de la asamblea ordinaria, se deberá presentar:

 

  • Copia del acta de la asamblea ordinaria, con indicación de la nómina de asociados asistentes discriminando su número total y el número de los que poseían derecho a voto al día de la asamblea; debiendo constar también si la asamblea fue realizada en primera o en segunda convocatoria.
  • Nuevo ejemplar de los estados contables, si fueron modificados por la asamblea.
  • Si la asamblea trató la renovación de las autoridades sociales, se deberá acompañar la nómina de los miembros titulares y suplentes de la comisión directiva y del órgano de fiscalización, indicando su nombre y apellido, documento de identidad, CUIT o CUIL, domicilio real, cargo y duración del mismo.
Asimismo, la nueva reglamentación establece que las asociaciones civiles, en casos que de modificar la composición del órgano de administración, deberán presentar dentro de los 15 días de producida la modificación:

  • Formulario de actuación y dictamen de precalificación indicando la causa de dicha modificación y si correspondiere, la disposición estatutaria que la autoriza.
  • Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad, cuyas firmas deberán estar certificadas notarialmente y deberá contener la trascripción del acta de asamblea que designa las nuevas autoridades, indicándose los folios y datos de rúbrica del libro de actas pertinente. Adjunto se acompañarán copias de tamaño normal y protocolar.
  • Nómina de los miembros titulares y suplentes de la comisión directiva y del órgano de fiscalización, indicando su nombre y apellido, documento de identidad, CUIT o CUIL, domicilio real, cargo y duración del mismo y declaración jurada de cada uno mediante la cual constituyen domicilio especial y manifiestan que no se encuentran comprendidos en inhabilidades o incompatibilidades legales o reglamentarias para revestir dichas calidades.
Las nuevas pautas entran en vigencia a partir del próximo 2 de enero.

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