La Resolución General IGJ N° 01/2017, publicada el día 15/02 en el Boletín Oficial sustituye el ANEXO I de la Resolución General IGJ N° 07/2015, actualizando la clasificación y modulación de trámites según el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. N° 1077-E-2016.
A partir del 16/02, pierden validez los formularios mencionados en el Anexo II de la Resolución IGJ N° 01/2017 emitidos pero no abonados, por lo cual deberá generarse un nuevo formulario. Los formularios ya abonados deberán ser adecuados al nuevo valor.
¿Cómo proceder para adecuar el valor de los formularios pagos antes del 16/02?
Se deberá imprimir un nuevo formulario y presentarse con la copia impresa en las cajas de IGJ, junto a la copia del formulario emitido con anterioridad al 16/02 y su correspondiente comprobante de pago. Allí se realizará la reimputación del importe abonado.
Las cajas, ubicadas en la planta baja de la sede central del organismo, atienden en el horario de 8.00 a 14.00hs.