Mediante la norma publicada hoy en el Boletín Oficial, queda establecido que a partir del día lunes 10/11, además de los trámites precalificados, serán notificadas en forma tácita y automática las observaciones que correspondan a:
- trámites para la obtención de certificado provisorio o definitivo de empresas binacionales (conforme arts. 255 a 258);
- cumplimiento del régimen informativo anual de las sociedades extranjeras (inscriptas conforme al artículo 118 o 123 dela Ley Nº 19.550);
- informes periódicos contables previstos en el artículo 287 apartados I y II;
- solicitud para realizar asambleas fuera de jurisdicción (conforme art. 408);
- discontinuidad de libros rubricados (obligatoriedad de autorización previa contemplada en el art. 284);
- adecuación libros rubricados (art. 242);
- solicitud de concurrencia de inspector de justicia a asambleas o reuniones de directorio (art. 150);
- solicitud de concurrencia de inspector de justicia a asambleas, reuniones de comisión directiva o consejo de administración (arts. 412, 429, 434);
- tramites respecto de matrículas individuales y autorizaciones para ejercer el comercio.
En todos los trámites mencionados, las observaciones se tendrán por notificadas el día hábil siguiente a que las actuaciones se encuentren en el casillero especial a tal fin en la Mesa General de Entradas y Archivo del organismo, o en la Mesa de Entradas del Departamento correspondiente según cada trámite, y deberán ser contestadas dentro del plazo de diez (10) días, transcurrido el cual se procederá a su archivo.
Puede acceder a la Resolución General IGJ N° 02/14 desde aquí.
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