La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la resolución general 4661 que establece el procedimiento a seguir para el cálculo de la detracción de $10.000 mensuales, dispuesta en el artículo 23 de la Ley 27.541 (Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva):
- Se calculan las contribuciones sobre los 10.000 pesos.
- El resultado se descuenta sobre el total de las contribuciones del período.
- El cálculo no generará saldo a favor.
Para la aplicación de la detracción adicional, se deberá utilizar la versión 42 del aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS”, que estará disponible a partir del 1 de marzo de 2020.
Por tal motivo, las declaraciones juradas correspondientes a diciembre 2019 y enero 2020 podrán ser rectificadas por nómina completa y a efectos de aplicar la detracción, hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, no siendo de aplicación en estos casos la presentación de una multinota para la convalidación del saldo.