A partir de hoy, los trabajadores que inicien un vínculo laboral deberán permanecer un año como mínimo en la obra social de su actividad.
Cambia por decreto el sistema de libre elección de la obra social
Así lo establece el decreto 2021/438 que firmó este martes el presidente Alberto Fernández y que se publicó este martes en el Boletín Oficial.
A pedido de la CGT, el Gobierno accedió a modificar el sistema de libre elección de la obra social.
Por ende, si un trabajador es contratado hoy, por ejemplo, bajo el convenio 130/75 del Sindicato de Empleados de Comercio, deberá permanecer al menos un año como afiliado de la obra social Osecac. Pasado los primeros 12 meses del vínculo laboral, recién podrá elegir derivar sus aportes y destinarlos a una prestadora privada.
La normativa, consensuada entre el Gobierno y los gremios, apunta a que cada nuevo trabajador registrado deberá permanecer como mínimo un año en la obra social de su actividad antes de disponer de la transferencia de los aportes a otra entidad de salud. Es otra señal del Gobierno en contra de las prepagas, pero un blindaje a las arcas gremiales.
En paralelo, los gremios gestionan con el Gobierno un desembolso de $11.000 millones para afrontar los tratamientos médicos a discapacitados.