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29 Dic

Empleados ya pueden seguir online el cobro de asignaciones familiares

La ANSES ya cuenta con una nueva herramienta web que permite consultar al instante el detalle de la liquidación del salario familiar. El beneficio por hijo es de hasta $220, pero deja afuera a quienes ganan más de $4.800 brutos mensuales.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya puso en marcha una nueva herramienta online -a la que puede accederse haciendo clic aquí- que permite chequear, al instante, el cobro de las asignaciones familiares.

De esta forma, los empleados pueden obtener el detalle exacto de la liquidación del salario familiar.

Por lo tanto, los trabajadores dependientes pueden seguir de cerca su situación ante el organismo que conduce Diego Bossio y efectuar los reclamos pertinentes ante un error en el cálculo. 

De esta manera, se complementa el proceso de la reformulación del pago del salario familiar, que consistió en reemplazar el Sistema de Fondo Compensador (SFC) por el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

El SFC establecía que era el empleador quien pagaba dichas asignaciones como, por ejemplo, hijo o escolaridad, y luego las compensaba al presentar la liquidación mensual de cargas sociales.

En cambio, tras la implementación del SUAF ya no interviene la empresa en el pago de estos conceptos. La cancelación del beneficio se gestiona directamente a través la ANSES. Es decir, el monto de las asignaciones se deposita directamente en una cuenta bancaria del dependiente.

Asimismo, ya rige desde el mes pasado una suba del 22% en el importe correspondiente a los mismos. En este sentido, vale mencionar que se elevó en hasta $220 el beneficio por hijo, pero siguen excluidos quienes ganan más de $4.800 brutos mensuales.

Nueva herramienta
A través de la "Autopista de servicios", que se encuentra disponible en la página web de la ANSES, el organismo informa que, por medio de la nueva aplicación, "se
podrá consultar el detalle de la liquidación de las asignaciones Familiares a través del SUAF".

A su vez, la ANSES aclara que el empleado también "podrá asesorarse en forma telefónica llamando al 130, de 8 a 20, o bien acercándose a cualquier delegación de la entidad".

Con respecto a la pantalla de carga de datos, se destaca que es fundamental aclarar el medio a través del cual el empleado percibe asignaciones familiares. Puede ser a través de la tarjeta de débito o en efectivo. 

Una vez ingresados los datos, la ANSES emitirá el detalle completo correspondiente a la liquidación de las asignaciones familiares.

Pago directo
Desde el Estudio Arizmendi, explicaron a iProfesional.com que una vez que los empleadores se encuentran incluidos en el SUAF, deben notificar las normas del régimen de asignaciones familiares a todos sus empleados, tengan o no cargas de familia, dentro de los diez días hábiles contados desde la incorporación de las empresas al nuevo sistema.

De la misma manera, las compañías también cuentan sólo con 10 días para hacerlo respecto de los nuevos trabajadores, ya sea que tengan o no cargas de familia, desde su ingreso a la firma.

Dicha notificación, de acuerdo con el organismo, deberá realizarse en duplicado y en forma obligatoria, anexando el formulario correspondiente al legajo del dependiente.

Las firmas serán responsables por la falta de liquidación de las asignaciones familiares que la ANSES no efectúe a sus trabajadores dependientes, si se registran incumplimientos en sus obligaciones ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En este marco, quienes están en relación de dependencia de empleadores incluidos en el SUAF, deberán presentar ante la ANSES, los siguientes formularios:

  • Formulario "DDJJ Novedades Unificadas - SUAF": se utilizará para la tramitación de la asignación familiar por maternidad, maternidad down y prenatal y para la designación de apoderados para percibir asignaciones familiares.
  • Formulario "DDJJ Renuncia/Renovación de Renuncia al cobro de Asignaciones Familiares - SUAF: mediante este formulario, los cónyuges podrán decidir cuál cobrará la asignación en función de lo que resulte más beneficioso.
  • Formulario "DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual - SUAF": del mismo deberá surgir el ciclo al que concurre el estudiante. Si no se completan todos los rubros, los interesados tendrán que acompañar el original del certificado escolar o el certificado de tratamiento y/o rehabilitación.
  • Formulario "Nota de Reclamo - SUAF": será utilizado para reclamos relacionados con la liquidación de asignaciones familiares.

La ANSES especificó, además, que el trabajador puede designar un representante, sin importar el grado de filiación, para la presentación de los formularios.

Por otra parte, los empleados de empresas incorporadas al SUAF -cuenten o no con cargas de familia- tienen que elegir el medio por donde quieren percibir las asignaciones, ante una oficina, delegación o Unidad de Atención Integral de la ANSES:

  • Boca de Pago/ Sucursal de Correo: en los casos en los que se elija esta forma de pago, los dependientes deberán presentar una nota, que tendrá carácter de declaración jurada, con datos personales y los del lugar de cobro elegido.
  • Cuenta bancaria propia o cuenta sueldo: deberán presentar una nota -también tendrá carácter de declaración jurada- donde constarán datos personales y adjuntar una constancia emitida por el Banco o copia del Extracto Bancario del que surja CUIL o DNI y CBU, entre otros datos personales.


Nuevos valores

Asimismo, desde octubre pasado rige un aumento del 22,22% en las asignaciones familiares que alcanza a todas las escalas que perciben el beneficio por hijo:

  • Para sueldos de entre $100 a $2.400, la asignación pasó de $180 a 220 pesos.
  • Para salarios en el rango de $2.400 y $3.600, aumentó de $136 a 166 pesos.
  • Para aquellos que cobran entre $3.600 a $4.800, el nuevo monto es de $111, en lugar de $96.


En el caso del importe percibido por hijo con discapacidad, el nuevo esquema es el siguiente:

  • Para sueldos de entre $100 a $2.400, la asignación pasó de $720 a 880 pesos.
  • Para salarios de entre $2.400 y $3.600, aumentó de $540 a 660 pesos.
  • Para aquellos que cobran más de $3.600 pasó de $360 a 440 pesos.


Por último, quedaron sin cambios los siguientes beneficios:

  • Asignación por nacimiento: 600 pesos.
  • Beneficio por adopción: 3.600 pesos.
  • Monto por matrimonio: 900 pesos.
  • Ayuda escolar anual: 170 pesos.


Los beneficios mencionados dejan afuera a los empleados que cobran más de $4.800 mensuales, salvo la ayuda escolar anual que no tiene tope salarial cuando se trata de un hijo con discapacidad.

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